Nueva Constitución: "El Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación"
El Pleno de la Convención aprobó en particular el artículo 3 del Informe de Reemplazo de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, con normas rechazadas que tuvieron que ser perfeccionadas.
El texto que quedará plasmado en la propuesta de Carta Fundamental señala que "en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal" sobre la prensa.
El Pleno de la Convención Constitucional vota en particular esta noche del Informe de Reemplazo de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, que contiene normas rechazadas de su primer documento pero que alcanzaron el quórum -mayoría simple- para ser revisadas y perfeccionadas en la instancia.
Entre los artículos votados está el 1, que consagra el "derecho a la comunicación social" y que esta vez fue aprobado con 110 votos a favor. "Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información", establece.
Otra norma destacada es la contenida en el artículo 3, relativo a la "concentración de la propiedad de medios", y que también vio luz verde al conseguir 112 apoyos.
Éste mandata que "el Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información", a la vez que garantiza que "en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos", puntualizando que "corresponderá a la ley el resguardo de este precepto".
A texto constitucional: El Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. En ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos. @Cooperativa
— Jorge Espinoza Cuellar (@espinozacuellar) March 17, 2022
También fue visado el artículo 4, de la "promoción de medios de comunicación e información" y que, en su inciso primero, consagra que "el Estado fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario". Fue rechazado, sin embargo, el inciso segundo: "El Estado garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas preexistentes a desarrollar y mantener medios de comunicación e información preferentemente en sus propias lenguas".
En tanto, fue aprobado parcialmente, en algunos incisos, el artículo 9, sobre los "derechos culturales".
2. El derecho a la identidad cultural, a conocer y educarse en las diversas culturas, así como a expresarse en el idioma o lengua propios.
— Jorge Espinoza Cuellar (@espinozacuellar) March 17, 2022
4°. El derecho al uso de espacios públicos para desarrollar expresiones y manifestaciones culturales y artísticas, sin más limitaciones que las establecidas en esta Constitución y las leyes.
— Jorge Espinoza Cuellar (@espinozacuellar) March 17, 2022
5°: La igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria de las diversas cosmovisiones que componen la interculturalidad del país, promoviendo su interrelación armónica y el respeto de todas las expresiones simbólicas, culturales y patrimoniales, tangibles o intangibles.
— Jorge Espinoza Cuellar (@espinozacuellar) March 17, 2022
Estos artículos, ya aprobados, se suman a los ocho que fueron visado a fines de febrero y que quedarán plasmados en la propuesta de nueva Constitución.