Tribunal Ambiental paralizó proyecto minero Vizcachitas en Putaendo
"Existe una situación de riesgo e inminencia de un perjuicio irreparable al medio ambiente", dijo la instancia, que suspendió la RCA de la iniciativa.
El alcalde Mauricio Quiroz denunció en noviembre que la firma había iniciados sondajes sin contar con los permisos requeridos.
En febrero, la autoridad y vecinos recurrieron a la justicia ambiental, que dictó una medida cautelar a la espera de sentencia.
El Segundo Tribunal Ambiental ordenó suspender la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de un proyecto de sondajes que la minera Vizcachitas llevaba a cabo en la comuna de Putaendo.
En noviembre pasado, el alcalde Mauricio Quiroz denunció que la empresa había iniciado faenas sin tener autorización de la Dirección de Obras.
En febrero de este año, el jefe comunal presentó un recurso de reclamación ante el Tribunal Ambiental con el objetivo de anular una resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó un recurso de invalidación que el municipio había presentado contra la aprobación del proyecto "Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas".
La iniciativa minera, que la Comisión Regional de Evaluación Ambiental aprobó en abril de 2021, ha provocado descontento de la comunidad putaendina.
La medida cautelar tendrá efecto hasta que el Tribunal dicte sentencia en las dos reclamaciones que fueron interpuestas contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la Junta de Vigilancia del Río Putaendo y diversos vecinos de esa comuna, por no considerar debidamente las observaciones ciudadanas que realizaron durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto.
"Según los antecedentes presentados por las partes en este juicio, el Tribunal ha podido comprobar que existe una situación de riesgo e inminencia de un perjuicio irreparable al medio ambiente como consecuencia de las actividades del proyecto aprobado por la RCA N° 14/2021, lo cual exige de una tutela cautelar por parte de este Tribunal, al concurrir los requisitos que contempla el artículo 24 de la Ley N° 20.600", indica la resolución que otorgó la medida cautelar.
GATO ANDINO
En el análisis de los antecedentes se consideró la presencia en la zona del gato andino, "especie nativa y amenazada en categoría de conservación 'en peligro' a nivel de Chile, Perú, Bolivia y Argentina; y que sus principales amenazas -según los criterios de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)-, están asociadas a actividades ganaderas; perforaciones para la producción de petróleo y gas; caza y captura de animales terrestres; actividad minera; alteración del hábitat y sequía", informó el tribunal.
El Tribunal Ambiental también consideró en su decisión la aplicación del principio de precaución, que ha sido reconocido en el derecho ambiental internacional en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y en el Convenio sobre Diversidad Biológica, suscrito por Chile, que si bien no constituye norma aplicable para los efectos de la evaluación ambiental de proyectos, contiene determinadas obligaciones para el Estado.