Sueldo mínimo: micros, pequeñas y medianas empresas ya pueden solicitar el subsidio
Este aporte fiscal será de 22.000 pesos entre mayo y julio por cada trabajador que perciba el salario base, cifra que aumentará a 26.000 pesos en agosto y que puede ser de 32.000 en 2023.
En las primeras horas del trámite "tenemos ya 10.000 empresas que han hecho la solicitud", comentó el director del SII, Hernán Frigolett.
Desde este martes las pequeñas y medianas empresas pueden realizar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) su solicitud para acceder al subsidio a las pymes por parte del Gobierno, que se enmarca en la ley para elevar el salario mínimo.
En las primeras horas del trámite "tenemos ya 10.000 empresas que han hecho la solicitud. Detrás de esas 10.000 empresas, tenemos 32.000 trabajadores y ya el beneficio está cuantificado en alrededor de 1.400 millones de pesos. El proceso está funcionando de forma muy fluida", comentó el director del SII, Hernán Frigolett.
Este subsidio temporal mensual a las Mipymes -que será de cargo fiscal- busca no afectar el impacto que puede tener el incremento del salario mínimo, pagando 22.000 pesos en mayo y junio, para luego subir a 26.000 pesos en agosto por cada trabajador/a dependiente contratado/a que perciba el salario mínimo.
Asimismo, si a diciembre la inflación medida por el IPC acumula un alza sobre 7 por ciento a doce meses, el sueldo subirá a 410.000 pesos en enero del 2023, lo que aumentará también a 32.000 pesos este subsidio a los trabajadores.
El beneficio se pagará a las personas naturales y jurídicas, incluyendo cooperativas, que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el SII y tengan ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a UF 0,01 e iguales o inferiores a UF 100.000, además de contar con trabajadores con el sueldo mínimo.
Las empresas que realicen la inscripción en el SII este mismo martes recibirán el pago correspondiente a mayo 15 días después, mientras que el pago de junio será el mismo día.
En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se depositará automáticamente, hasta el último día de cada mes.
DETALLES DEL CÁLCULO
Según explicó Impuestos Internos, el cálculo del beneficio se basa en la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), respecto del número de trabajadoras y trabajadores y su sueldo. Esta información es entregada al SII con un desfase cercano a los dos meses, por lo que, a través de la plataforma del Servicio, se informará la fecha de actualización de los datos utilizados en cada solicitud.
Para verificar si los ingresos de la Mipyme son mayores a 0,01 UF e iguales o menores a 100.000 UF, se consideran los ingresos obtenidos y registrados o declarados en la Declaración de Renta 2022, o los Formularios 29 de Declaración Mensual de Impuestos (IVA), o el Registro de Compras y Ventas, o las boletas de honorarios electrónicas (para sociedades de profesionales de primera categoría).
Los montos del subsidio fueron definidos por ley de la siguiente manera:
Este cálculo mensual también considera la variación en el número de trabajadoras o trabajadores de la empresa durante el periodo de entrega del beneficio, que se verá reflejado en el Factor de Empleo y una vez solicitado el beneficio, mensualmente la empresa podrá revisar en la misma plataforma el monto del subsidio que le corresponde.