Tribunal absolvió a 15 acusados de la "primera línea" por interrupción del tránsito y condenó a cinco por lanzar objetos
El juicio oral se extendió por cinco semanas y sentencia para los culpables será leída el 21 de julio.
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago declaró culpables este viernes a cinco personas acusadas de formar parte de la "primera línea" en calidad de autores del delito consumado de desórdenes públicos, en medio de disturbios ocurridos en marzo de 2020, en el contexto del estallido social, en calle Ramón Corvalán con Carabineros de Chile, en el centro de la capital.
En resolución unánime, el tribunal integrado por los magistrados Erick Aravena (presidente), María Inés Collin y María Alejandra Cuadra (redactora), tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la comisión del delito como la participación de Alejandro Nicho Mendoza, Daniel Sepúlveda Molina, Felipe Cerda Cerda, Jean Godoy Miranda y Raúl Leiva Cocio.
En tanto, los jueces dictaron veredicto absolutorio en favor de Jaime Rubio Flores, José Salgado Roca, Nicolás Ubilla Donoso, Sebastián Cambiazo Toro, Ernesto Calderón Campos, Diego Banda Rogers, Diego Alvarado Avilés, José Quiñilén Toro, Gabriel Astorga Sánchez y Paloma González Herrera, al no lograr la Fiscalía probar la imputación que formuló en su contra, en la cual les atribuía autoría en el delito de desórdenes públicos.
Asimismo, el tribunal dictó veredicto absolutorio en favor de todos los acusados por el delito de interrumpir completamente la libre circulación de peatones o vehículos en la vía pública.
"Tras cinco semanas de juicio oral se dio a conocer el veredicto que absuelve a la totalidad de los acusados del delito de colocación de barricadas o interrupción del tránsito vehicular y condena a cinco de los representados por la Defensoría Penal Pública por el delito de lanzamiento de contundentes", explicó el abogado Arturo Vergara, defensor público.
"De los de los 11 defendidos por la Defensoría Pública, sólo cinco fueron condenados por este delito, por lo que estamos a la espera de la lectura de la sentencia que está fijada para el 21 de junio próximo, para poder así estudiarla y analizar la interposición de recursos procesales pertinentes", indicó el jurista.
"Aún así, la Defensoría Penal Pública ratifica su convicción de la inocencia de nuestros vecinos", agregó.
LOS HECHOS
Con base en los testimonios de los funcionarios aprehensores, unido a las imágenes de las cámaras que registraron los hecho, el tribunal arribó a la convicción que cada uno de los condenados "procedieron al lanzamiento de objetos contundentes a personal de Carabineros y a vehículos que se encontraban en la intersección de calle Carabineros de Chile con Dr. Ramón Corbalán los que por cierto, eran aptos para producir lesiones, toda vez que de su sola observación en las imágenes de los múltiples videos exhibidos en audiencia, se evidencia su idoneidad para dañar y lesionar por su tamaño y calidad, toda vez que consistían en piedras y adoquines".
El acta de deliberación agrega que: "En efecto, el tribunal los apreció en las imágenes de los videos, en que es posible observar la intersección de las calles indicadas en un estado de deterioro material importante, debido no solo a los hechos que hoy conocemos, sino a las manifestaciones constantes que se habían producido en el lugar luego del 18 de octubre de 2019, lo que permitía que los imputados contaran con elementos contundentes a su disposición, en cuanto había paraderos y veredas destruidos que se transformaron en elementos contundentes que los imputados lanzaban a personal de Carabineros y vehículos que se encontraban en el lugar".
La Fiscalía Metropolitana Centro Norte busca como máximo 541 días de presidio para los involucrados, más la suspensión de cargos de oficio público durante el tiempo de la condena.