La Justicia británica falla a favor de Guaidó en el caso del oro de Venezuela

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EFE

Guaidó es reconocido por el Gobierno británico como el único presidente legítimo, de forma interina, del país latinoamericano.

Sin embargo, la jueza no ha autorizado al equipo opositor acceder a las reservas.

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La jueza Sara Cockerill del Tribunal Superior de Londres falló este viernes a favor de la junta del Banco Central de Venezuela (BCV) designada por el opositor Juan Guaidó en el caso del oro de Venezuela depositado en el Banco de Inglaterra.

Tras un juicio de cuatro días que acabó el 18 de julio, Cockerill, de la división Comercial, ha considerado que no puede dar por buenas las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano que anularon los nombramientos de Guaidó a esa junta, al no haber base legal en el Reino Unido para hacerlo.

Sin embargo, la jueza no ha autorizado al equipo opositor acceder a las reservas -debe determinarse en otra audiencia-, a pesar de que su junta se considera válida y Guaidó es reconocido por el Gobierno británico como el único presidente legítimo, de forma interina, del país latinoamericano.

La junta del BCV designada por Nicolás Maduro ha indicado a EFE que se plantea recurrir el dictamen, para lo que tendría que pedir permiso este mes de agosto, tras lo cual la magistrada daría su opinión en septiembre.

Se espera además que haya una vista adicional en septiembre u octubre para cerrar otros aspectos del caso, incluido si puede concederse a la junta de Guaidó la orden que ha solicitado para gestionar los activos venezolanos depositados en Inglaterra.

El dictamen de hoy se produce después de que en 2021 el Tribunal Supremo británico ya decidiera sobre varias cuestiones preliminares.

Así, la máxima instancia judicial del Reino Unido estableció que el Ejecutivo de Londres solo reconoce a Guaidó, y no a Maduro, al frente de Venezuela, y que, por tanto, los actos y decisiones del opositor deben considerarse soberanos, en base a la doctrina legal inglesa de Una Sola Voz, que obliga a los estamentos del Estado a proceder unificados en política exterior.

Cockerill debía determinar si la Justicia inglesa podía aceptar las sentencias del Supremo caraqueño que invalidaban los nombramientos de Guaidó a su junta "ad hoc", puesto que han de verse como actos "soberanos".

En su dictamen, la jueza precisa que esos fallos, pilar de los argumentos legales del bando de Maduro, efectivamente invalidan los nombramientos de Guaidó, pero concluye que carece de base en su jurisdicción para aceptarlos.

Apunta que, aunque pudieran ser reconocidos, hacerlo "entraría en conflicto" con la doctrina de Una Sola Voz.

El reconocimiento supondría también -agrega-, tal como adujo el abogado del bando de Guaidó, una vulneración del derecho de los opositores a un juicio justo, puesto que no estuvieron presentes ni fueron citados cuando el TSJ se pronunció sobre su caso.

Cockerill sí observó no obstante que la parte de Guaidó no aportó "pruebas convincentes" que demuestren que el Tribunal Supremo venezolano no es independiente ni imparcial.

Sarosh Zaiwalla, parte del equipo legal del bando de Maduro, consideró hoy "desafortunado" que la magistrada "se viera constreñida por normas técnicas", desarrolladas "en diferentes contextos" -en alusión a la jurisprudencia inglesa existente-, a la hora de reconocer las sentencias del TSJ que ilegalizaban los actos de Guaidó.

"El BCV continuará litigando este caso en los tribunales para garantizar que los activos soberanos de Venezuela se preservan y salvaguardan en beneficio del pueblo de Venezuela", afirmó este abogado.

El pleito sobre el acceso al oro se inició el 14 de mayo de 2020, cuando el presidente de la junta oficial del BCV, Calixto Ortega, acusó al Banco de Inglaterra de infringir contrato al no cumplir su orden de transferir 930 millones de euros de las reservas, valoradas en casi 2.000 millones de dólares, a un fondo de la ONU para que fueran usados en la lucha contra el covid en su país.

La eventual resolución de este caso servirá para zanjar también un litigio planteado por Deutsche Bank en la misma época, sobre cuál de las partes puede reclamar 120 millones de dólares derivados de la terminación de un contrato de permuta de oro.