SII: 43 contribuyentes de altos patrimonios iniciaron cambio de domicilio tributario en últimos siete meses
La publicación de este dato responde a una consulta del diputado Gonzalo de la Carrera, crítico de la reforma impositiva que impulsa el Gobierno.
El Servicio aclaró que no necesariamente estos dineros se están yendo de Chile.
"Cuando la persona muda su residencia y domicilio a otro país, ya no tiene la obligación de declarar en Chile todas sus rentas, sino sólo las que se originen en Chile", explican expertos.
En en el marco del debate legislativo de la reforma tributaria y en especial del impuesto a los altos patrimonios, el Servicio de Impuestos Internos (SII) reveló en un oficio que 43 contribuyentes de este grupo presentaron "aviso de pérdida de domicilio y residencia" entre el 30 de noviembre de 2021 y el 8 de julio de 2022, buscando así cambiar de domicilio tributario.
Este oficio, que se dio tras una petición del diputado Gonzalo de la Carrera (ex Partido Republicano), se trata de una resolución exenta de este organismo en noviembre pasado, la que establece que "los contribuyentes que dejaren de estar afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) en razón a la pérdida de su domicilio y residencia, deberán declarar y pagar el impuesto devengado correspondiente al año calendario de que se trate antes de ausentarse del país, conforme a lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley sobre Impuesto a la Renta".
Según informó La Tercera este martes, para cumplir con lo mencionado se requiere la información sobre las rentas y situación tributaria de los contribuyentes que presentarán declaraciones de impuestos, entre ellos los que dejaren de estar afectos al IGC porque perderán su domicilio y residencia.
Desde el SII explicaron que el aumento de este procedimiento significa que los altos patrimonios están en un proceso para cambio de domicilio y no necesariamente se están yendo del país, dado que -advierten- es un grupo acotado el que se podría ver gravado con la reforma tributaria.
"Cuando una persona tiene su domicilio y residencia en el país, debe tributar en Chile sobre sus rentas de cualquier origen, se hayan originado en Chile o en el exterior. Pero cuando la persona muda su residencia y domicilio a otro país, ya no tiene la obligación de declarar en Chile todas sus rentas, sino sólo las que se originen en Chile", explicó a La Tercera Claudio Bustos, socio fundador de Bustos Tax & Legal.
Además, quienes realicen esta acción no se verían afectados con el impuesto al patrimonio en caso que se apruebe en el Congreso, un tema que se espera sea discutido este martes en sesión de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.