Corte de La Haya decide no pronunciarse en caso del Silala, pero confirma que es un río internacional
El tribunal internacional aseguró que existen una serie de coincidencias entre las posturas de ambos países.
Tanto Chile como Bolivia tienen derecho a un uso "razonable y equitativo" de su cauce, determinaron.
La Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) decidió no entregar un pronunciamiento final sobre la disputa entre Chile y Bolivia por las aguas del río Silala, aludiendo a las coincidencias entre los planteamientos de ambos países.
En una lectura abreviada del fallo que se extendió por un poco más de una hora, Joan Donoghue, presidenta de la Corte Internacional de Justicia, desestimó una serie de las pretensiones de la demanda original presentada por Chile en 2016, ya que en la contrademanda y las réplicas se fueron acercando las partes.
Uno de los principales puntos de discordia era el carácter de río internacional que tiene el curso de agua, lo que ha sido reconocido por ambos países, precisó la Corte.
Ante esta situación, se determinó que tanto Chile como Bolivia tienen derecho a un uso "razonable y equitativo" de su cauce, postura que era compartida por ambos países.
El tribunal contestó a gran parte de las reclamaciones con una misma frase: "Ya no tiene ningún objeto, y, por tanto, el tribunal no está llamado a tomar ninguna decisión".
Durante el proceso, los letrados chilenos habían pedido a la CIJ la aplicación sobre todo el curso del agua del derecho internacional consuetudinario, las normas que se aplican a los ríos internacionales cuando no existe un tratado entre los países ribereños.
En este caso, Bolivia había argumentado inicialmente que el derecho consuetudinario no se aplica a los caudales artificiales de las aguas, pero, durante el procedimiento, expresó su acuerdo con el argumento de Chile de que sí se aplicaba.
Lo que La Paz cuestionó después fue la definición de "cursos de agua internacionales" para fines distintos de la navegación, pero la CIJ consideró que esto no cambia el hecho de que, en esencia, las partes no están en disputa sobre el estado de las aguas del Silala, y al tribunal ya no le corresponde pronunciarse sobre este punto.
La CIJ también recordó que cada país ribereño tiene derechos y obligaciones con respecto al "uso equitativo y razonable" de las aguas, lo que supone que los Estados también están obligados a no privar a otros Estados ribereños de sus derechos, una norma que, precisó, se aplica a Chile y Bolivia en este caso. La Paz tampoco objetó este punto.
Además, la Corte señaló que recibe con beneplácito y toma nota de la expresión de voluntad de Bolivia de cooperar para avanzar en la resolución de la disputa entre las partes, y subrayó que Chile acepta que Bolivia pueda decidir sobre el destino de la infraestructura.
Antecedentes de la disputa
El expresidente boliviano Evo Morales acusó a Chile de "robar" y "desviar" artificialmente las aguas del Silala hacia su frontera, pero Santiago contestó a eso con una demanda a Bolivia en 2016 ante la CIJ para evitar que La Paz impida el flujo hacia su territorio, al argumentar que es un río internacional entre ambos países.
Bolivia reaccionó en 2018 con tres contrademandas al considerar que las aguas eran originalmente unos manantiales nacidos en su territorio, pero que fueron canalizadas "artificialmente" gracias a unas obras hechas en la década de 1920 por una empresa de ferrocarriles anglo-chilena, Antofagasta-Bolivia Railway Company, en el Potosí boliviano.
Según La Paz, esos trabajos aumentaron el caudal del recurso hídrico hacia la frontera entre un 11 por ciento y un 33 por ciento, por lo que creía que Chile debería pagarle una "compensación" por el uso de ese flujo adicional.
Santiago rechazó ese planteamiento asegurando que, según sus cálculos, las obras aumentaron las procelosas aguas del Silala un 1 por ciento como máximo, por lo que la contrademanda de Bolivia "no tendría fundamento jurídico".