Más de 2.100 personas ya han sido inscritas en el Registro de Deudores de Alimentos
En su primer mes de funcionamiento, los juzgados de familia han detectado 14.589 causas con deudas que están sometidas a la nueva normativa.
Asimismo, de 452.055 causas en las que se cobran estos beneficios, se han efectuado 176.443 liquidaciones, es decir, el 39% del total.
La ministra Gloria Ana Chevesich reiteró el llamado a los demandantes a pedir la conversión a UTM de las pensiones.
En el primer mes de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que se cumplió ayer lunes, los juzgados de familia ya inscribieron a 2.118 personas por adeudar tres meses continuos o cinco discontinuos de sus obligaciones alimenticias.
La ministra Gloria Ana Chevesich, encargada de la implementación de esta ley, agregó que de un total de 452.055 causas en que se cobran estos beneficios, se han efectuado 176.443 liquidaciones, es decir, el 39% del total.
A su vez, se han detectado 14.589 causas con deudas que están sometidas a la nueva normativa, y excepto las más de 2.100 ya ingresadas, las restantes "se encuentran en las etapas procesales respectivas que pueden ser, por ejemplo, la notificación de las resoluciones a las partes, cumplimiento de los plazos legales, objeciones a los montos, etcétera", precisó.
"Es primera vez que el Poder Judicial debe realizar la liquidación de manera mensual de todas las pensiones de alimentos. En un mes ya hemos llegado al 39% del total y esperamos lograr el 100% lo más pronto posible. Para el año 2023 están considerados los recursos para potenciar esta labor en todos los juzgados que conocen asuntos de familia, pero quiero destacar la inmensa tarea que están afrontando las personas que en ellos se desempeñan", apuntó la ministra.
Primer mes de funcionamiento: Juzgados de Familia ya ingresaron 2.118 personas al Registro Nacional de Deudores de Alimentos https://t.co/ThncLUxj2e pic.twitter.com/C9wAFuHIZb
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) December 19, 2022
Por lo mismo, reiteró a quienes ya son demandantes o tienen a su cargo niños, niñas y adolescentes que soliciten en el sitio de Trámite Fácil del Poder Judicial la conversión a UTM de la pensión de alimentos.
Esto "facilita el trabajo de los tribunales en el sentido de poder -después de la primera liquidación manual- efectuarla de manera automática y así, evidentemente, poder transmitir la información al registro en forma mucho más expedita", explicó.
"El pago de la pensión de alimentos es una obligación legal y también moral, y los progenitores tienen la obligación de entregar lo necesario para que los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollarse espiritual y materialmente. Lo que hace esta ley es poner el centro en los niños, en las niñas y en los adolescentes, y también relevar el principio de corresponsabilidad parental", reiteró Chevesich.