El ABC del control de identidad: Qué dice la ley y cuáles son los derechos de las personas
Esta ley sólo se aplica a los mayores de edad quienes se podrán identificar a través de cualquier medio físico o electrónico.
La ley establece los parámetros bajo los cuales Carabineros y la PDI pueden trasladar a la persona hasta una comisaría.
A raíz de la polémica que surgió con el control de identidad preventivo realizado en enero pasado al exjugador de fútbol Jorge Valdivia y a la supuesta vulneración de derechos, repasamos qué dice la ley sobre estos controles y cuáles son los derechos de las personas que son sometidas a ellos.
Primero que todo, sólo Carabineros y la PDI están facultados para realizar controles de identidad a cualquier persona mayor de 18 años en la vía pública, el lugares públicos y en lugares privados de acceso público.
La ley determina que para individualizar a la persona se puede usar cualquier medio de identificación, como es la cédula de identidad, la licencia de conducir, el pasaporte e incluso la tarjeta estudiantil. Además, se puede usar cualquier dispositivo tecnológico.
Los menores de edad quedan excluidos de los controles de identidad y, en caso de no tener certeza si la persona es adulta o no, "se entenderá siempre que es menor de edad".
Si en el control no se logra la identificación en el mismo lugar, "el funcionario policial deberá poner término de manera inmediata al procedimiento", detalla la ley.
En caso de que la persona se niegue a acreditar su identidad, la oculta o entrega una identidad falsa, la ley estipula que "se sancionará por ocultar su nombre y apellido a la autoridad. La pena para esta infracción legal es de multa de una a cuatro UTM".
Asimismo, determina que si la persona sometida al control de identidad tiene una o más órdenes de detención pendientes, entonces los funcionarios deberán detenerlo.
Los funcionarios de Carabineros y de la PDI pueden, sin orden de un fiscal, solicitar a una persona que se identifique si estiman que "existe algún indicio" de que hubiera cometido o intentado cometer algún tipo de delito.
También, las policías pueden pedir la identificación si consideran que la persona se dispone a cometer un delito o falta, e incluso si pudiera entregar informaciones útiles para la indagación de un crimen, simple delito o falta.
TRASLADO A COMISARÍA
Respecto al eventual traslado de la persona a una comisaría, la ley remaca que el funcionario policial debe otorgar a la persona facilidades para encontrar y exhibir estos documentos.
Otro punto que estipula la legislación, vigente desde 2019, es que la policía puede "registrar las vestimentas, el equipaje o el vehículo de la persona cuya identidad se controla. Los funcionarios también pueden verificar si la persona tiene órdenes de detención pendientes".
La policía puede detener a la persona si se descubre que "tiene una orden de detención pendiente o si del registro se establezca que se encuentra en situación de flagrancia, es decir, que cometió un delito recientemente o sea sindicado por la víctima o testigos como autor o cómplice de un delito".
"También se considera flagrancia que la persona tenga en su poder objetos obtenidos a través de un delito o armas que pudieran hacer sospechar que intervino en una acción ilegal", añade la legislación.
Otra de las circunstancias en que las personas pueden ser derivadas a un cuartel policial es "cuando se niega a acreditar su identidad o si habiendo recibido las facilidades del caso no le fuera posible hacerlo. Entonces, la policía la conducirá a la unidad policial más cercana para fines de identificación.
"Ahí -añade la legislación- se le darán facilidades para procurar una identificación satisfactoria por otros medios. Una vez que sea identificado, el controlado debe ser dejado en libertad, salvo que se dieren algunas circunstancias como las ya mencionadas".
Finalmente, "si no fuera posible identificarla, se le tomará una muestra de sus huellas digitales, las que una vez que se aclare quién es, deben ser destruidas".
La persona trasladada a la comisaría tiene el derecho a que se comunique con su familia u otra persona, además, no puede ser ingresada a celdas o calabozos, ni mantener contacto con detenidos.
El procedimiento, añade la Biblioteca del Congreso, no debe extenderse más de ocho horas tras lo cual la persona debe quedar en libertad.
ANÁLISIS EN EL CONGRESO
Esta situación también fue analizada por el presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Matías Walker (Demócratas), quien señaló que "el hecho de que una persona no porte su cédula de identidad no justifica su detención".
"Solamente si esa persona se niega injustificadamente a ser identificada por cualquier medio tecnológico puede ser detenida, se le toma la identificación y es citada a la Fiscalía en el cuartel policial respectivo", puntualizó el senador.
"Lo que establece además la ley es que el procedimiento total no puede durar más de una hora", profundizó.