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Suprema falló a favor de salmonicultores de Magallanes y confirmó rechazo a recurso interpuesto por Greenpeace

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- Periodista Digital:
Cooperativa.cl

La acción de la ONG buscaba bajar de la web el reportaje "Así no", creado en respuesta al documental "Por aquí no" de la misma y que criticaba la industria salmonera en la región.

Inició por el reclamo de cuatro personas que aparecieron en el registro de Greenpeace y que alegaron uso indebido de imagen y la vulneración a la honra y a su integridad física.

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El fallo de la Suprema indicó que el reportaje en cuestión "se limita a recopilar y reproducir información previa, cuidando de señalar en cada una de sus referencias cuando se expone el mismo".

La Corte Suprema falló de forma unánime a favor de la Asociación de Salmonicultores de Magallanes y confirmó el rechazo íntegro del recurso de protección interpuesto por abogados de Greenpeace en contra del gremio, una determinación tomada en primera instancia por la Corte de Apelaciones.

La acción judicial tenía como fin eliminar el reportaje "Así no", creado en respuesta al documental de la ONG ambientalista "Por aquí no", donde se criticaba la presencia de la industria salmonera en la región.

La causa se inició porque abogados de Greenpeace, en representación de Leticia Caro Kogler, Haydee Águila, Margarita Águila y Claudio Carocca –quienes aparecieron en "Por aquí no"–, alegaron uso indebido de imagen, vulneración a la honra de sus representados y a su integridad psíquica, pidiendo bajar de la web el reportaje "Así no".

Al respecto, la Asociación de Salmonicultores de Magallanes argumentó que el documental de la ONG se lanzó en un acto público, con amplia difusión en los medios, y que su respuesta está amparada en la libertad de expresión, constituyendo un legítimo espacio de debate sobre un tema de relevancia e interés público, dice un comunicado.

El abogado del gremio, Sebastián Valenzuela, señaló que se utilizaron extractos sin editar del documental original para contraargumentar las afirmaciones, con el propósito de no distorsionar el contenido. Además, explicó que recabaron opiniones acreditadas de profesionales y académicos, habitantes y trabajadores de la zona, para dar una respuesta sin utilizar afirmaciones abusivas, agresivas, vejatorias o discriminatorias.

Lo expuesto por la Asociación fue acogido en el ratificado fallo, que señaló que su documental "no contiene afirmaciones subjetivas que busquen el descrédito de los recurrentes, sino que únicamente se limita a recopilar y reproducir información previa, y a propósito de un reportaje publicado por otra asociación, cuidando, tal como se observa en el contenido del programa, de señalar en cada una de sus referencias cuando se expone el mismo".

Además, la primera sentencia indicó que la temática "resulta de un claro interés general y público, pues es de provecho informativo para la comunidad en su conjunto conocer el impacto de la salmonicultura en la región y sus diversas aristas (...) Por lo que es posible concluir que no existen razones que ameriten restringir el derecho a la información, en los términos que se ha solicitado en el recurso".

El presidente de la Asociación de Salmonicultores de Magallanes, Carlos Odebret, dijo que el gremio valora la determinación de la Suprema, "ya que bajar nuestro documental hubiese sentado un grave precedente, porque el recurso de protección de los abogados de Greenpeace buscaba coartar la libertad de expresión y derechamente censurar el debate público de un tema de amplio interés para nuestra región".

En tanto, el abogado representante agregó que "el fallo confirma la importancia del fundamento democrático del derecho a la libertad de expresión, permitiendo que, en los temas de interés público, se debata con transparencia y acceso a diversas fuentes de opinión".