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Justicia condena a tres ejecutivos de ENAP por episodios de contaminación en Talcahuano, Quintero y Puchuncaví

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Autor: Cooperativa.cl

El Tribunal Oral de Concepción declaró culpables a Edmundo Piraíno, Juan Rhodes y Carlos Lizana por el delito de tráfico de residuos peligrosos.

Absolvió a los otros tres imputados y desestimó la responsabilidad de los seis por la propagación de agentes contaminantes en los términos que lo fija la ley REP.

 ATON (archivo)

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción dictó veredicto condenatorio contra tres de los seis ejecutivos de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) imputados por los masivos episodios de contaminación que tuvieron lugar entre agosto y septiembre de 2018 entre las bahías de Talcahuano, en la Región del Biobío, y de Quintero y Puchuncaví, en Valparaíso.

Casi cinco años después y tras seis meses de juicio, la Justicia declaró culpables Edmundo Piraíno, gerente de ENAP Aconcagua, Juan Pablo Rhodes, director de Proyectos, y a Carlos Lizana, ingeniero de procesos, por el delito de tráfico de residuos peligrosos, vinculado a la importación del crudo iraní (Iranian Heavy).

El veredicto de primera instancia absolvió a los otros tres ejecutivos encausados -Alvaro Hillerns, Patricia Cabalá y Jorge Farías-, de la planta del Biobío; y también desestimó responsabilidad de todos los imputados por la propagación de agentes contaminantes, en los términos que establece la ley REP.

En el juicio se acreditó la existencia de 1.434 víctimas por las emergencias medioambientales.

La Fiscalía Regional del Biobío solicitó cinco años de cárcel para los tres ejecutivos condenados y cuatro para los absueltos. La lectura de sentencia fue agendada para el martes 9 de mayo.

El abogado querellante, Remberto Valdés, afirmó que "estamos extraordinariamente satisfechos".

"El mensaje para Chile, para Latinoamérica y para el mundo es que no puede contaminarse de manera impune. Tres altos ejecutivos de la ENAP, después de haber gastado centenares de millones de pesos de todos los chilenos en una defensa penal, han sido condenados", dijo el representante de 1.434 víctimas.

En tanto, el defensor de los ejecutivos, Cristian Muga, señaló que "el tribunal absolvió de los cargos de contaminación, tanto en Talcahuano como en Quintero, a los seis acusados. Esa es una verdad jurídica sentada en este veredicto. Respecto de la condena por el artículo 44, nos parece que es una infracción menor, que es un error jurídico manifiesto en esa imputación, y los recursos están abiertos, los vamos a ejercer hasta agotarlos todos, en lo que esperamos sea una rectificación, un error jurídico".

ENAP: "Nos deja satisfechos"

"Es un resultado que nos deja satisfechos, porque se logró acreditar, con pruebas concretas, que los funcionarios de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) no cometieron ningún delito con impacto en el medio ambiente o la salud de las personas", dijo la empresa a través de un comunicado.

Tras conocerse el fallo, la petrolera consideró se refuerza "nuestra declaración inicial frente a este juicio y la convicción de que nuestra compañía adopta los resguardos de seguridad que exige la normativa vigente. Afortunadamente y con toda justicia, el Tribunal acogió nuestra postura y absolvió a todos los funcionarios de ENAP de los eventos de contaminación y afectación a la salud de las personas en las comunas de Talcahuano y Puchuncaví/Quintero".

"Respecto del veredicto condenatorio contra tres de los seis ejecutivos, por manejo sin autorización de residuos peligrosos sin haber existido impacto al medio ambiente ni en la salud de las personas, esperaremos a conocer el texto del fallo y los razonamientos del Tribunal Oral en lo Penal para dar una opinión más detallada", explica el texto.

"Es claro que este proceso aún no culmina y consideramos que sigue intacta la presunción de inocencia de nuestros trabajadores", agregó.