Promulgada la Ley CATI, que automatiza la fiscalización a la velocidad e infracciones de tránsito

Publicado:
- Periodista Digital:
Cooperativa.cl

Desde ahora "no es necesario tener un carabinero en la luz roja para poder pasar un parte", destacó el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz.

La norma permitirá, entre otras herramientas, la instalación de fotorradares en vías públicas y concesionadas.

 ATON (referencial)

La medida, despachada esta semana por el Congreso, permitirá mejorar la fiscalización de la velocidad de los vehículos.

El ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, celebró este sábado la promulgación, por parte del Presidente Gabriel Boric, de la ley "CATI", sigla de Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones, que fortalecerá la fiscalización de la velocidad de los vehículos.

La norma permitirá la instalación de fotorradares en vías públicas y concesionadas. Los lugares donde se ubiquen los dispositivos deberán estar señalizados y, de todas formas, se deberán garantizar derechos como la protección de la vida privada, los datos personales y la inviolabilidad del hogar.

"No es necesario tener un carabinero en la luz roja para poder pasar un parte, no es necesario que justo haya un carabinero velando porque el vehículo no exceda la velocidad, porque ahora vamos a poder hacer un tratamiento automatizado y eso nos va a permitir que nuestras vías vayan a ser mucho más seguras", destacó Muñoz, que alertó también que en el país "fallecen todos los años aproximadamente dos mil personas por siniestros viales, estamos hablando de un promedio de seis al día".

En esta línea, el secretario de Estado afirmó que este control automatizado de las infracciones del tránsito permitirá "reducir cerca de un 30 por ciento de esos fallecimientos, es decir, producto de esta ley hay 600 personas cada año que debieran dejar de fallecer y eso es motivo de emoción y de profunda celebración".

Muñoz celebró la promulgación de la ley "CATI" junto con el alcalde de Maipú, Tomás Vodanovic; la secretaria ejecutiva de Conaset, Karina Muñoz; Carabineros y representantes de víctimas de siniestros de tránsito.

¿QUÉ MANDATA LA LEY?

Cabe recordar que la ley mandata a la Subsecretaría de Transportes a comunicar directamente al propietario de un automóvil las siguientes contravenciones:

  • Exceder la velocidad máxima permitida.
  • Transitar en un área urbana con restricción por razones de contaminación ambiental.
  • Infracción a las normas de transporte terrestre susceptibles de ser captadas mediante estos dispositivos.
  • No respetar la luz roja.

Mientras que de esta repartición dependerá la nueva División de Fiscalización del Transporte y Tratamiento Automatizado de Infracciones de Tránsito, cuyas funciones serán:

  • Gestionar el sistema informático y administrativo que permitirá la gestión electrónica de tratamiento de infracciones y de los pagos respectivos.
  • Mantener la operación y desarrollo del equipamiento, sistemas y aplicaciones necesarios para el procesamiento automatizado de las infracciones de tránsito que sean susceptibles de ser captadas mediante equipos de registro automáticos.
  • Cursar y tramitar las infracciones a los propietarios de los vehículos que sean detectados contraviniendo las disposiciones de la presente ley por la red de dispositivos de tratamiento de infracciones.
  • Definir, organizar y publicar las zonas de control mediante la red de dispositivos.
  • Coordinar con diversos organismos los lugares y la instalación del equipo para la fiscalización automatizada.

Las infracciones cometidas se comunicarán en forma física o digital. Los conductores podrán entregar su correo electrónico para que le llegue la información. También podrán consultar el registro. El sistema deberá evitar el acceso masivo de estos datos.