Francisco Frei deberá cumplir condena de cinco años en la cárcel: Tribunal revocó libertad vigilada

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Autor: Cooperativa.cl

Antes de ser condenado, el hermano del expresidente aceptó los cargos en pos de obtener una pena en libertad.

"No parece que una pena cumplida en libertad sea eficaz para una reinserción social", determinó el tribunal de alzada.

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La Corte de Apelaciones de Santiago revocó este miércoles la libertad condicional otorgada a Francisco Frei Ruiz-Tagle, condenado por varios delitos económico.

El tribunal de alzada, según publicó La Tercera, ordenó -en fallo dividido- que el hermano del expresidente cumpla los cinco años con cárcel efectiva.

En marzo pasado y en un juicio abreviado, el tribunal acreditó los delitos de estafa, apropiación indebida, administración desleal, giro doloso, uso malicioso de instrumento público y privado mercantil falso y delito de la ley de almacenes generales de depósito.

Frei Ruiz-Tagle aceptó en ese entonces los cargos en pos de obtener una pena en libertad.

El caso contra el ingeniero comenzó el 16 de agosto de 2019, cuando se autodenunció por irregularidades financieras a través de Inversiones Saturno, empresa del exmandatario, quien le había confiado la administración.

Hoy, la Corte de Apelaciones planteó que "la variedad y multiplicidad" de delitos que por 14 años cometió el exdirector de TVN hacen evidente que "tuvo un total desprecio por las normas jurídicas y una actitud refractaria frente el sistema legal chileno".

Se trata -añadió el fallo- de "ilícitos cuya penalidad es la más alta de los simples delitos y que por su reiteración los haría merecedores de penas de crimen de acuerdo a las reglas establecidas Código Penal y Código Procesal Pena", publicó el diario.

El tribunal de alzada sostuvo que "el modus operandi utilizado por el condenado para realizar sus conductas ilícitas es particularmente reprochable, toda vez que se aprovechó de la calidad de expresidente de la República de su hermano señor Eduardo Frei Ruiz Tagle -también víctima en esta causa- para efectos de obtener ilícitamente los dineros de las diversas víctimas agraviadas en este proceso".

Debido a ello, añade el fallo, "no parece que una pena cumplida en libertad sea eficaz para una reinserción social, ni menos aún que se evite con esa forma de cumplimiento, la reincidencia del condenado".