Corte desaforó a diputada Cordero por querella de la senadora Campillai

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Autor: Cooperativa.cl

La siquiatra aseguró en un programa radial que la senadora "no es ciega total", pese a que existe una condena por el caso.

Campillai, entonces, la acusó de ser "una persona negacionista".

 ATON / Archivo

La Corte de Apelaciones de Santiago, por voto de mayoría, aceptó la solicitud de desafuero de la diputada María Luisa Cordero a raíz de la querella por injurias graves con publicidad presentada por la senadora Fabiola Campillai.

La acción judicial fue presentada en abril pasado por Campillai, quien denunció a la siquiatra por formular dichos negacionistas en su contra. Cordero sostuvo en un programa radial, en marzo pasado, que la parlamentaria independiente "no es ciega total".

La senadora remarcó entonces que "ella es una persona negacionista, porque mi caso ya tuvo justicia, ya tiene al agresor tras la rejas, entonces no puede desconocer todo lo que ha ocurrido y menos decir que tengo un ojo por el que veo claramente".

"Hoy no soy yo quien tiene que demostrar que estoy ciega, es ella quien va a tener que demostrar que yo veo y les garantizo y les aseguro que va a perder esta querella", agregó en abril.

La abogada querellante, Alejandra Arriaza, argumentó en tribunales que "la diputada Cordero no es médico de la senadora Campillai", que sufrió "un vaciamiento ocular en ambos ojos" que le imposibilita ver.

"Estimamos que este hecho le causa daño a su integridad psíquica, a la de su familia, cuestiona incluso la idoneidad de decenas de profesionales que declararon en juicio, hasta el propio Poder Judicial que sentenció que ella es ciega", agregó.

La hoy senadora sufrió el estallido de sus globos oculares y fracturas de huesos de cara y cráneo, producto de lo cual quedó ciega y perdió los sentidos del gusto y del olfato, luego de que el 26 de noviembre de 2019 -cuando era una ciudadana común- fue impactada por una bomba lacrimógena disparada por el entonces carabinero Patricio Maturana, quien fue condenado en octubre del 2022 a 12 años de cárcel por el delito de apremios ilegítimos, sentencia confirmada en enero de este año por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

La también llamada doctora Cordero había dicho que Campillai "tiene un ojo que le funciona y el otro día un cabro la pilló hablando por celular en un pasillo, le tomó una foto y la subió a las redes".

Al respecto, el defensor de la diputada, el abogado Manuel Cuadra, planteó que lo formulado por Cordero "fue hacer eco de esta tela de juicio precisamente en redes sociales, (pero) ella no sabía precisamente que esa foto no correspondía a la senadora Campillai y, por tanto, no tenía la conciencia y la intención precisamente de indicar 'sí, ella es la senadora; sí, ella no ve de un ojo' ".

"Mi mandante es una persona mayor de edad y, por tanto, en dicha condición no tiene mayores conocimientos en redes sociales", sostuvo.

PARA BANCADA RN, QUIEN PASA UN "MOMENTO DIFÍCIL" ES CORDERO

La bancada de Renovación Nacional, que aloja a Cordero y la ha mantenido pese a los cuestionamientos que surgieron en su momento, confirmó que la apoyará en su apelación ante la Corte Suprema.

"Tiene todo el derecho a poder defenderse. Por cierto que ella sigue siendo parte de la bancada de RN, no podemos dejar a nuestros pares solos en una situación difícil, como la que está enfrentando la doctora Cordero. Y si ella mantiene sus dichos, por algo debe ser", comentó la diputada Camila Flores.

EN QUÉ CONSISTE EL DESAFUERO

El desafuero es un antejuicio mediante el cual se determina la situación de procesabilidad de un diputado o senador en materia de responsabilidad penal.

Este acto jurídico remueve la protección del fuero parlamentario, a través del cual, en virtud del artículo 61 de la Constitución, ningún legislador, desde el día de su elección o desde su juramento, puede ser acusado o privado de libertad. 

Es decir, el desafuero habilita para acusar penalmente a un parlamentario, someterlo a medidas cautelares como la prisión preventiva y eventualmente condenarlo a una pena.

Dicha resolución es apelable ante la Corte Suprema.

Si por sentencia firme se declara no haber lugar a la formación de causa, se sobreseerá definitivamente al parlamentario. En cambio, si se declara haber lugar a formación de causa y se desafuera, el diputado o senador desaforado queda suspendido de su cargo y el acusado queda sujeto al juez competente.