Suprema Corte de Justicia despenalizó el aborto en todo México
"Por violar los derechos humanos de las mujeres", declaró inconstitucional penalizar la interrupción del embarazo.
Toda institución de salud deberá brindar el servicio a las personas gestantes que lo soliciten, y el personal que lo realice no podrá ser criminalizado.
Hasta ahora, 10 de los 32 estados del país permitían a las mujeres abortar con un límite de 12 semanas de gestación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) eliminó este miércoles el delito del aborto del Código Penal Federal al concederle un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
"¡La SCJN despenaliza el aborto a nivel federal! Gracias a un amparo ganado por GIRE, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud", anunció la organización a través de la red social X.
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— GIRE (@GIRE_mx) September 6, 2023
Por unanimidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional penalizar el aborto en el Código Penal Federal por violar los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
La Suprema Corte declaró inconstitucional en septiembre de 2021 la prohibición absoluta del aborto en los códigos penales de los estados, pero desde entonces pocas entidades territoriales han modificado sus leyes para acatar el criterio de la SCJN, por lo que el crimen aún se tipifica a nivel local.
La Primera Sala de #LaCorte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
— Suprema Corte (@SCJN) September 6, 2023
Con base en dicha sentencia, que declaró inconstitucional el delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, fue que la organización interpuso el amparo.
La organización detalló en un comunicado que cualquier institución federal de salud, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deberá brindar el servicio a todas las personas gestantes que lo soliciten.
Además, indicaron, el personal de salud que realice este tipo de asistencias no podrá ser criminalizado.
"Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la corte", se lee en el comunicado de GIRE.
Asimismo, el Congreso federal debe modificar el Código Penal a partir de la resolución de la SCJN de este día.
El proyecto votado este miércoles fue el 267/2023 de la ministra Margarita Ríos-Farjat que analizó los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal, que mencionan las sanciones por el delito de aborto a nivel federal.
Hasta ahora, 10 de los 32 estados del país permitían a las mujeres la interrupción del embarazo con un límite de 12 semanas de gestación en la mayoría de las legislaciones, que modificaron progresivamente.
La primera ley de despenalización del aborto en México fue aprobada en la capital mexicana, el entonces Distrito Federal, en 2007.