Bancos acusan "codicia" por demanda de víctimas de Alberto Chang

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Cooperativa.cl

Las entidades pidieron a la justicia rechazar la demanda civil de los 100 afectados por la estafa de Chang.

El empresario chileno fue acusado de estafa en 2015 y escapó del país debiendo cerca 100 millones de dólares.

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Las instituciones financieras coincidieron en que no hubo omisión de información a la Unidad de Análisis Financiero.

Los bancos de Chile y Santander pidieron a la justicia rechazar la demanda de indemnización de perjuicios, presentada en 2019 por un grupo de 19 personas que fueron estafadas por el empresario Alberto Chang, apelando a la "codicia" y "negligencias" de estos.

Según consignó La Tercera, las víctimas son abogados, dueñas de casas, ingenieros y dentistas que invirtieron grandes sumas de dinero en Ónix Capital y Grupo Arcano. Todos ellos exigen ser indemnizados por los perjuicios ocasionados a partir de una supuesta negligencia de los bancos al no alertar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) de las operaciones sospechosas.

Son más de 100 demandantes agrupados en el 25° Juzgado Civil de Santiago, los que no han podido recuperar lo invertido con el empresario Alberto Chang, que prometía rentabilidades entre 1,5% y 2%.

El acusado escapó del país debiendo cerca de 100 millones de dólares y se instaló en medio del Mediterráneo, en la República de Malta. Mientras, su madre Verónica Rajii, fue detenida en 2016 y formalizada por estafa, quedando en prisión.

BANCOS PIDEN RECHAZAR DEMANDA

El pasado 21 de agosto las mencionadas instituciones financieras presentaron sus descargos a la acción judicial, solicitando al tribunal rechazarla y ordenar el pago de los costos legales del litigio. Además, apuntaron a la responsabilidad de los afectados por confiar en el empresario y sus modelos de negocios.

El Banco Santander señaló que "los demandantes sólo pueden atribuir sus desdichas patrimoniales a quien les defraudó y engañó, amén de su propia codicia e imprudencia al pretender rentabilidades de sus dineros que resultaban inverosímiles, merced a confiárselos a entidades ajenas a todo control o supervigilancia estatal, como lo hicieron al entregarle sus dineros a Chang, siendo crédulos de sus promesas de desmesuradas ganancias".

"Es injusto e improcedente que ante la falta de éxito de sus pretensiones resarcitorias dirigidas en contra del único responsable de la defraudación, inventen una presunta responsabilidad civil, pretendiendo de manera injustificada y artificial que sea una entidad solvente, (la que) deba cargar con las consecuencias de haber sido víctimas de un engaño de manos de Alberto Chang Rajii, a quien los actores buscaron, eligieron, contrataron y le confiaron cuantiosas sumas de dinero, con el afán de obtener ingentes ganancias, muy superiores a las que podían obtener en el mercado bancario formal", sostuvieron.

Por su parte, el Banco de Chile coincidió y apuntó: "Creer que es posible invertir y recuperar en forma íntegra montos millonarios -según dan cuenta los actores en su demanda- y con una rentabilidad de hasta un 2,5% en breve plazo, no sólo da cuenta de un desconocimiento profundo del mercado de inversiones, sino derechamente de una negligencia e ignorancia de los demandantes sobre esta materia, que importan un manejo descuidado de sus negocios propios".

Asimismo, ambas instituciones también señalaron que no hubo omisión que diera lugar a una infracción culpable ni dolosa en lo refiere al deber de informar a la UAF, como lo establece artículo N°3 de la Ley 19.913, así como tampoco respecto del deber de conocimiento de sus clientes establecido en la Circular N°49, ni obligaciones establecidas en la Circular N°3534 de la Comisión para el Mercado Financiero.

DEMANDANTES: TEORÍA DE LOS BANCOS ES INVEROSÍMIL

Los demandantes -represados por Pamela Goldbaum, Rodrigo Rettig y Saúl San Martín- presentaron una respuesta de 81 páginas en la que sostienen que "gran parte de la teoría de descargo de los bancos es inverosímil y debe desecharse".

Bajo lo mismo, señalaron que la UAF no sancionó a los bancos debido a que no tenía conocimiento de las cuentas corrientes cruzadas en dichas instituciones financieras a tiempo oportuno, ya que, se supo de estas y se cruzó información de operaciones sospechosas recién a finales de 2021.

"La información acerca de inversionistas y su calificación sólo estaba al alcance de la plana gerencial de la empresa, no para los inversionistas, por lo que el engaño no era posible de ser detectado o impedirlo por parte de estos, ni por un ciudadano promedio. Se hizo creer a los demandantes que estaban invirtiendo en una compañía que cumplía a cabalidad con las normas reguladoras de la materia", plantearon.

Y aseveraron que "los demandantes, no han sido negligentes en caso alguno en su actuar. En efecto, la rentabilidad ofrecida variaba de un 1,5% al 2%, y no como señala la demandada de un 5% mensual, por tanto, si bien era alta dicha rentabilidad, no era una tasa que pudiese llamar la atención, como en otras estafas piramidales".

Asimismo, señalaron que "los demandantes estaban frente a una sociedad legalmente constituida, que le estaba pagando a los inversionistas más antiguos la rentabilidad ofrecida, producto de los dineros de los inversionistas más recientes, como funcionan las estafas piramidales, por tanto, Chang mediante engaño generó una apariencia de realidad muy difícil de desmentir, no así para los Bancos que debieron percatarse de dicho engaño, por cuanto cuentan con toda la información".