En cuatro meses, las AFP liquidaron 13 millones de dólares por deudas de pensión alimenticia

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Cooperativa.cl

La Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo entró en vigor en mayo, y los registros suman casi 150 mil morosos, 97% de ellos varones.

 ATON (Referencial)

La deuda total de pensiones alimenticias en Chile se acerca a los 100 mil millones de pesos.

La Asociación de AFP realizó un balance de los montos que las administradoras han desembolsado producto de deudas de pensión alimenticia que, en mayor proporción, se han financiado con cargo a las cuentas de ahorro obligatorio, y que suman un total de 13 millones de dólares desde que entró en vigencia -en mayo- la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo.

Durante los primeros cuatro meses de cumplimiento, "las AFP han trabajado de manera muy eficaz y oportuna para pagar en tiempo y las formas de pensiones de alimentos, según nos manda la ley", dijo a El Mercurio el gerente de la Asociación, Roberto Fuentes.

"No obstante ello, es importante señalar que (con estas liquidaciones) hay un efecto negativo sobre las futuras pensiones de vejez de los afiliados deudores, como el que tiene todo retiro de fondos previsionales de los trabajadores", agregó Fuentes.

Según cifras del Ministerio de la Mujer, hasta septiembre de 2023, el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia acumulaba un total de 147 mil personas, que se traduce en una deuda superior a los 98 mil millones de pesos.

De la totalidad de los inscritos, el 96,8 por ciento corresponde a hombres y solamente el 3,2 por ciento restante son mujeres.

LOS PROCEDIMIENTOS DE COBRO

La ley contemplan dos mecanismos distintos a través de los cuales se puede llevar a cabo el cobro a los deudores. Mediante las facultades que se entregan a los tribunales de familia, estos mecanismos pueden revisar en el sistema bancario, financiero y el patrimonio activo de los morosos para realizar la requisición de los fondos.

El mecanismo de pago considera que se utilicen -primero- los instrumentos 'más líquidos' para saldar la deuda por medio de lo que se denomina un "procedimiento especial", en el que se contemplan cuentas bancarias, instrumentos de inversión y de ahorro voluntario, siempre y cuando exista al menos una pensión adeudada a partir de la entrada en vigor de la ley.

En caso de que los fondos del deudor sean insuficientes y que al mismo tiempo existan al menos tres pensiones pendientes de pago, se abre un "procedimiento extraordinario", a través del cual el tribunal puede ordenar el congelamiento de los fondos contenidos en las cuentas de las AFP, además de prohibir el cambio de administradora.

En esa línea, al 30 de septiembre de este año, las AFP han pagado 5.755 resoluciones emitidas por tribunales, de las cuales 2.661 se realizaron a través del procedimiento especial y 3.094 a través del procedimiento extraordinario.