Prima GES: Superintendencia ordenó devolución a afiliados que reclamaron contra isapres

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Autor: Cooperativa.cl

Además, de forma retroactiva, otros usuarios podrían solicitar un reembolso de lo cobrado en exceso, por lo que se sumarían a los 153 mil reclamos.

Hasta este jueves, la entidad había resuelto cerca de 50 mil reclamos.

 ATON (referencial)

Héctor Sánchez, director del Instituto de Salud Pública de la U. Andrés Bello, explicó que "hay un incentivo súper complejo, porque cuando la gente vea que basta con reclamar, va a haber un incentivo".

La Superintendencia de Salud ordenó las devoluciones a los afiliados que reclamaron contra las isapres por el alza de la prima GES (Garantías Explícitas en Salud).

Un fallo emitido por la Corte Suprema en agosto pasado declaró que no correspondía subir la prima GES de los planes de salud de los afiliados a las aseguradoras privadas de salud, las cuales no rebajaron el valor cuando correspondía y el máximo tribunal emitió nuevamente una respuesta en diciembre, enfatizando que el fallo era de aplicación inmediata.

Según la circular que dictó la Superintendencia de Salud el 27 de diciembre pasado, las isapres deberán realizar devoluciones a los usuarios que reclamaron por esta alza. Además, de forma retroactiva, otros usuarios podrían solicitar una devolución de lo cobrado en exceso durante los meses de septiembre a diciembre, por lo que se sumarían a los 153 mil reclamos que ya se ingresaron en el periodo establecido el año pasado, publicó El Mercurio.

El sector de las aseguradoras sostuvo que es difícil prever cuánto sería el monto final por devolver, dado que al dejar la puerta abierta para que los usuarios sigan solicitando su devolución, el universo de personas seguirá creciendo.

Hasta este jueves, la Superintendencia había resuelto cerca de 50 mil reclamos, de un total de 153 mil ingresados el año pasado. De no existir resistencia por parte de las isapres para devolver, los usuarios deberían ver reflejado en febrero los montos, lo que se expresarán mediante excedentes y excesos. 

El director del Instituto de Salud Pública de la Universidad Andrés Bello, Héctor Sánchez, explicó que "hay un incentivo súper complejo, porque cuando la gente vea que basta con reclamar ante la Superintendencia por la prima GES, va a haber un incentivo para que la gente siga reclamando más", y que esto las isapres "tienen que contabilizarlo como deuda; todas las personas que hayan reclamado en estricto rigor pasa a ser casi automáticamente como deuda y lo tienen que considerar como tal".

"Por lo cual, lo que va a suceder es que, en definitiva, los estados financieros se van a afectar", añadió.

Asimismo, Sánchez señaló "en enero con la prima GES van a cobrar menos, y eso va a estar reflejado en su balance como menor ingreso, pero todo aquel que reclame ante la Superintendencia la devolución, ellas no solo van a tener que devolverlo (las isapres), sino que además lo van a tener que reflejar en los estados financieros (...). Esto es una palada más de tierra sobre el cadáver".

SUSPENSIÓN DE COBRO A NONATOS Y MENORES DE DOS AÑOS

Este viernes, la Superintendencia instruyó a las isapres suspender, a partir de marzo próximo, los cobros de precio del plan de salud por las cargas nonatas y menores de dos años de edad, en este caso cumpliendo con el fallo sobre tabla de factores de riesgo de la Corte Suprema.

El superintendente de Salud, Víctor Torres, detalló que "esta suspensión del cobro rige, según dicha sentencia, desde las cotizaciones que corresponden a la remuneración del mes de diciembre de 2022, y beneficiará a las personas afiliadas tanto con cargas nonatas y menores de dos años que se encontraban inscritas en los planes de salud a diciembre de 2022, como a las que se incorporaron con posterioridad a esas fechas".

Una vez que la circular entre en vigencia, "las isapres deberán notificar al empleador de la persona afiliada el precio que resulte luego de aplicar la suspensión del cobro para que se haga la rebaja respectiva", añadió el regulador. Asimismo, deben informar esta suspensión a los cotizantes a través de su correo electrónico, en un plazo no superior a 10 días desde que empiece a regir la medida.

En cuanto a eventuales devoluciones, Torres acotó que "el cálculo de las posibles restituciones y su forma de pago serán regulados en una circular posterior".

Según un comunicado de la Superintendencia, los cobros no podrán ser exigidos o realizados de manera retroactiva una vez que la persona beneficiaria cumpla dos años de edad.