Yáñez quiere a los carabineros armados 24/7, incluso cuando están de franco
El general director dispuso que los uniformados que no poseen armas o revólveres privados puedan solicitarlos a la propia institución para portarlos al encontrarse fuera de turno.
La decisión busca fortalecer su protección, la de sus familias y habilitarlos para auxiliar de mejor manera a terceros que estén siendo víctimas de la delincuencia.
La instrucción de Yáñez se da en medio de la crisis de seguridad y de su próxima formalización por responsabilidad de mando en las violaciones a los derechos humanos en medio del estallido social.
El general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, instruyó que los funcionarios que se encuentren fuera de su horario laboral y vestidos de civil (de "franco") puedan portar armas a fin de repeler delitos que los afecten a ellos, a sus familias o a terceras personas.
La medida se adoptó a propósito de la crisis de seguridad tras una seguidilla de situaciones en que carabineros de franco lograron frustrar o repeler delitos en los últimos meses. Uno de esos casos ocurrió recientemente en Macul, el 27 de diciembre, donde un carabinero de civil disparó y dio muerte a un delincuente que realizaba una encerrona en la comuna de Macul.
Según consignó La Tercera, el documento instruye que todos los funcionarios de la institución que no cuenten con armas inscritas a su nombre, puedan pedirlas en sus respectivas unidades, ya sea una pistola o un revólver fiscal, como también municiones.
Lo anterior obedece a que muchos carabineros no cuentan con armas de su propiedad, lo que los deja en una situación de vulnerabilidad e imposibilidad de actuar frente a hechos delictivos cuando no están cumpliendo sus funciones.
La instrucción también detalla que se consideran "atendidas las diversas actuaciones del personal de Carabineros, que en calidad de franco y en cumplimiento del deber de manera valerosa y aun a riesgo de su propia integridad física, presta auxilio policial a víctimas de graves delitos, cuyos hechores lo hacen con armamento de alto poder de fuego; o bien, cuando son ellos mismos y sus familias quienes son víctimas de la delincuencia".
"La máxima autoridad institucional ha dispuesto que el personal de Carabineros que no posea arma particular y que, de estimarlo necesario, pueda optar a solicitar que se le proporcione un arma y munición fiscal para que sea portada en calidad de franco, acorde a la normativa contenida en el reglamento de armamento y municiones para Carabineros de Chile", agrega el documento.
LOS REQUISITOS PARA OPTAR AL ARMA
La orden de Yáñez establece que los mandos deberán comunicar la instrucción a sus subalternos, y también "resolver" las peticiones que realice el personal para optar a las armas y munición fiscal; y que, para cumplir con el trámite, "se deben considerar los siguientes cinco aspectos":
La hoja de vida del funcionario; práctica de tiro al día; informe del mando de unidad conforme a la realidad territorial y desplazamiento del personal; que exista cargo de armamento suficiente para estos efectos, y, cualquier otro antecedente a considerar por los respectivos mandos.
La orden ya se encuentra en las distintas unidades policiales a lo largo del país.