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Corte de La Serena confirmó 15 años de cárcel para sujeto que mató a colectivero

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- Periodista Digital:
Cooperativa.cl

La defensa de Johan Steve Vásquez Trujillo presentó un recurso de nulidad ante el tribunal de alzada.

 Pexels (referencial)

La condena del imputado fue emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este jueves un recurso de nulidad solicitado por la defensa de Johan Steve Vásquez Trujillo, en contra de la sentencia que lo condenó a 15 años de cárcel por el delito consumado de homicidio calificado simple de un colectivero en febrero del año pasado en la comuna.

En fallo unánime, la Tercera Sala Extraordinaria del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada el 6 de diciembre por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena.

La resolución indicó que "(...) en relación a la alegación formulada por la defensa relacionada a la omisión de la prueba, tal antecedente debió ser acreditado en esta instancia, cuestión que no se materializó".

Asimismo, "el segundo punto cuestionado por la defensa es la falta de motivación en los argumentos indicados por las sentenciadoras para descartar la teoría del caso de la defensa (...) alegaciones todas que quedan justificadas, racionalmente, por las sentenciadoras", razonó el tribunal.

Por lo tanto, la Corte decidió que "(...) corresponde rechazar el recurso de nulidad planteado por la defensa del condenado, tanto respecto de la causal planteada como principal, así como la subsidiaria, por cuanto, como ya se dijo, no se verifican ni concurren ninguno de los vicios denunciados, por los motivos y razonamientos expuestos".

Tras la comunicación del fallo, el ministro Pulgar Bravo explicó que los defensores alegaron "una errada apreciación de la prueba que fue rendida en primera instancia", por lo que la Corte estimó que "la apreciación de los medios de prueba y las conclusiones jurídicas y fácticas a las que llegó el tribunal de base son coherentes con los medios de prueba incorporados".

De esta manera, el culpable deberá cumplir su condena sin modificaciones.