CUT pidió precisar exclusiones de la Ley 40 Horas
Para el dirigente Eric Campos, el dictamen de la Dirección del Trabajo en la materia "sigue siendo muy general".
Los académicos Jorge Berríos y Luis Lizama coinciden en que la aplicación requerirá de un acuerdo con el empleador.
Por ahora, se espera que la DT emita un nuevo dictamen para despejar si la reducción aplicará a trabajadores bajo el Artículo 22.
La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) pidió precisar los criterios de exclusión de la ley de 40 horas laborales, después de que la Dirección del Trabajo publicara dos dictámenes para interpretar la norma, cuando comience su implementación paulatina a fines de abril.
Uno de los documentos se refiere a empleados que quedarán excluidos de la reducción, en este caso, quienes desempeñan cargos de confianza o de alta responsabilidad, así como quienes no cuenten con fiscalización superior inmediata debido a la naturaleza de sus labores.
Para el secretario general de la CUT, Eric Campos, "es importante que la Dirección del Trabajo aclare con precisión quiénes quedan excluidos de la jornada, porque las definiciones siguen siendo muy generales, aún cuando es muy valorable que se establezcan bandas de horario y también ciclos de cuatro semanas, otorgándole titularidad al sindicato".
A la vez, alertó que "esta ley también viene a restringir al máximo el uso, y yo diría el abuso del Artículo 22, que mantiene a muchas personas que, sin ser cargos de confianza y teniendo supervisión directa, tienen que estar bajo este articulado, por lo tanto, estas cuestiones seguramente van a ser casos de judicialización en el futuro cercano".
Algunos afirman que bajo el mentado artículo, los trabajadores no cuentan con jornada laboral, por lo que no podrían beneficiarse de la reducción horaria. Se espera que la DT emita un nuevo dictamen para despejar esta duda.
La primera etapa de la entrada en vigencia de la ley contempla la reducción de una hora de la semana laboral, que actualmente es de 45 horas.
LA MIRADA DE LOS EXPERTOS
Respecto al segundo dictamen del ente fiscalizador, el exdirector de Trabajo Marcelo Albornoz explicó que "históricamente, nuestra jornada laboral siempre estuvo cuantificada dentro de las semanas, podríamos decir de lunes a viernes o de lunes a sábado. Esta ley es establece que la jornada de 40 horas se pueda distribuir promediadamente en cuatro semanas consecutivas, lo que denomina un ciclo".
"Por ejemplo, en dos semanas podrían trabajarse 45 horas, y en el resto de las semanas se podría trabajar 35. Esta es una norma importante, porque entrega una posibilidad de flexibilidad", destacó el abogado.
A juicio del académico Jorge Berríos, de la Facultad de Economía y Negocios de la U. de Chile, "falta hacer una relación bidireccional de cada empresa en particular. Creo que por mucho que saquen dictámenes o disposiciones, va a ser una negociación de personas con la empresa, que es lo que están haciendo la mayoría de empresas" que ya comenzaron a acortar las jornadas.
"Ha sido bastante más sencilla la aplicación en empresas tipo comercial o que son de proceso administrativo. Ahí se está ajustando y no va a haber ningún problema. El problema es que todavía no hay mucha claridad respecto a cómo se va a hacer en empresas de jornada especial, principalmente minerías, las que tienen turno o faena de campamento", precisó.
Desde de la misma casa de estudios, Luis Lizama, académico de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, complementó que "es una reducción que opera de pleno derecho, lo que significa que no requiere que se modifique el contrato de trabajo, o que se cambie el reglamento interno de orden, higiene y seguridad, porque la ley va a producir esta modificación de modo automático".
"Esa hora menos se podrá distribuir de común acuerdo: las partes podrán -por ejemplo- acordar que el último día de trabajo, que es el viernes por regla general, en vez de trabajar el horario completo, se trabajará una hora menos", aseveró.