¿Cómo se aplican las compensaciones cuando hay cortes de luz?

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Autor: Cooperativa.cl

Si sólo se sufrió con la interrupción de la energía eléctrica, la ley contempla la devolución de manera automática en la boleta siguiente.

Sin embargo, si hay artefacto electrónicos averiados, se debe denunciar ante la SEC y el Sernac.

 ATON (referencial)

Miles de capitalinos se han visto afectados por los cortes de luz debido al paso de la lluvia esta semana.

A raíz de los dos frentes de mal tiempo que azotaron la zona central esta semana, miles de clientes han visto el suministro eléctrico interrumpido, principalmente en la Región Metropolitana, por lo que detallamos cómo se aplican las compensaciones en estos casos

¿En qué circunstancias corresponde una compensación? La ley contempla la devolución por el corte de luz, haciéndose un cálculo automático por el tiempo de la interrupción y la energía no suministrada. Esto se devuelve de manera automática en la boleta siguiente.

Por otro lado, si hay daños como -por ejemplo- la pérdida de alimentos, se debe hacer una denuncia ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), como también ante el Servicio Nacional del Consumidor. En el sitio web del Sernac se pueden dejar los reclamos para que el organismo los pueda ir agregando en línea.

Respecto a los artefactos electrónicos quemados, las empresas deben devolverlos si son consecuencia de lo que originó el corte y la denominada evaporación de voltaje.

De hecho, si como cliente se lleva un televisor, refrigerador u otro al servicio técnico, esto debe ser pagado por la empresa. Se recomienda hacer el reclamo en la compañía, en la SEC y en el Sernac y guardar todos los registros a la espera de una respuesta.