"Colusión del confort": Suprema descartó que SCA tenga que indemnizar a consumidores

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados contra SCA Chile, hoy Essity, que se coludió durante una década con la CMPC, que sí compensó.

El Sernac y las organizaciones demandantes reprocharon que el fallo "debilita los derechos de los usuarios" y parlamentarios acusaron "impunidad para los poderes económicos".

 ATON (referencial)

El Sernac y organizaciones de consumidores buscaban que la firma sueca indemnizara a los usuarios, tal como tuvo que hacer algunos años la CMPC -la otra coludida- con los recordados 7 mil pesos.

La Corte Suprema rechazó este jueves los recursos de casación presentados por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) y la Organizacion de Consumidores y Usuarios (Odecu) contra la empresa SCA Chile -hoy Essity- por la denominada "colusión del confort".

La demanda civil de las organizaciones buscaba que la empresa sueca indemnizara a los consumidores afectados, tal como tuvo que hacer en 2018 la CMPC, la otra coludida, con la recordada compensación de 7 mil pesos.

En el fallo, el máximo tribunal argumentó que "SCA desarrolla exclusivamente su actividad mercantil en el mercado de comercialización mayorista y de supermercados; y siendo ello así, su actividad no puede ser encasillada ni siquiera parcial o alternativamente como una vinculada al consumidor final".

De esa manera, ratificó que la firma europea no debe compensar a los usuarios.

A través de un comunicado, Essity celebró: "Nos complace el fallo emitido por la Suprema Corte de Chile, rechazando el proceso de acción colectiva iniciado contra SCA Chile, ya que creemos que es correcto y acorde con los hechos del caso y consistente con la legislación chilena".

"GRAVE RETROCESO PARA DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES"

El fallo fue recibido con decepción y críticas por parte del Sernac y las organizaciones proconsumidores.

"En lo que se traduce esta sentencia, finalmente, es que ninguno de nosotros, ninguno de los millones de consumidores en el país va a recibir una compensación con ocasión de esta escandalosa colusión. Por supuesto, respetamos la sentencia de la Corte, sin embargo, no compartimos en absoluto los razonamientos del voto de mayoría de esta sentencia, porque constituye un grave retroceso para los derechos de los consumidores", sostuvo el director nacional del Sernac, Andrés Herrera.

Lo anterior "no sólo porque no concede las compensaciones que todos los consumidores merecen por los sobreprecios que pagaron, sino porque también pone en duda una serie de aspectos que entendíamos estaban completamente afianzados en materia de protección al consumidor", subrayó.

Desde el Gobierno, la ministra vocera, Camila Vallejo, recordó que en el Congreso Nacional existe un nuevo proyecto de ley para otorgar mayores facultades al Sernac.

"Creemos que la Corte Suprema aquí ha cometido un error en cuanto a debilitar la protección de los consumidores y no entender la relación que existe directa o indirectamente entre un productor y un consumidor", fustigó Hernán Calderón, presidente de la Conadecus.

A su juicio, "esta interpretación que está haciendo la Suprema ya no es primera vez; es segunda vez que hay un fallo similar a éste", por lo que "los consumidores se sienten frustrados: las empresas pueden burlar la ley, pueden cometer infracciones, pueden cometer delitos, se les sanciona económicamente, pero no compensan a los consumidores el daño que se les produjo".

"Es una muy mala noticia para los consumidores. (El fallo) habla de que no existe un vínculo contractual, algo que es imposible en la medida de que las empresas de consumo masivo, como la SCA, distribuyen sus productos a través de supermercados", enfatizó Stefan Larenas, de la Odecu.

INDIGNACIÓN PARLAMENTARIA: "IMPUNIDAD PARA LOS PODERES ECONÓMICOS"

"Es inevitable sorprenderse y mostrar nuestra máxima indignación frente a la impunidad con que poderes económicos extranjeros tienen al Poder Judicial de su lado, para poder permitirles que el día de mañana, si se coluden nuevamente para hacer un negocio, las ganancias que generen de esa colusión las mantendrán y a quienes les roben no tendrán que indemnizarlos con nada", acusó el diputado oficialista Jorge Brito (Frente Amplio).

"Es una tremenda responsabilidad no saber lo que pasa en la economía, señores jueces de la Corte Suprema", emplazó indignado desde la derecha el diputado Miguel Mellado (RN).

"¡Ya basta, pues! Ustedes, claro, hacen tráfico de influencias, aparecen con los WhatsApp, no quieren que esté la Comisión de Ética, pero fallan en contra de los consumidores de Chile. La verdad es que es una pésima justicia la que están haciendo en la Corte Suprema con estos fallos", deploró el legislador de la oposición.

En este caso, tanto la otrora SCA como la CMPC pagaron en febrero del 2020 sendas multas a beneficio fiscal por 20 mil unidades tributarias anuales, esto es, cerca de 11.900 millones de pesos en la época, en la causa relativa a la afectación a la libre competencia.

Ambas fueron condenadas por haberse asignado cuotas de participación de mercado y haber fijado precios de venta de estos productos entre los años 2000 y 2011.