Tribunal condenó a Engie Energía por daño ambiental en Iquique
Zofri demandó a la operadora por el efecto de una central termoeléctrica ubicada en sus terrenos.
El Primer Tribunal Ambiental condenó a Engie Energía Chile S.A. a reparar el daño ambiental ocasionado por la otrora central termoeléctrica Iquique, que operó por más de 20 años en el sitio 92-A de Zona Franca Iquique S.A.
Los jueces, al acoger la demanda de Zofri, determinaron que la empresa eléctrica debe realizar nueve acciones, para remediar el daño ambiental causado.
"Se encuentra suficientemente acreditado que Engie operó deficientemente la central, facilitando la fuga e infiltración de HC (hidrocarburos), aceites y grasas en el suelo y aguas subterráneas, dejando residuos peligrosos en estanques de almacenamiento, cañerías y motores, y un subterráneo inundado con agua contaminada, a la espera de concluir las negociaciones de desmantelamiento de la central con su contradictoria", dice el fallo.
Además, se estableció que "el total de la superficie afectada de suelo con superación del estándar canadiense es de 1.287 hectáreas", y que "desde junio de 2017 el agua del acuífero costero ha estado infiltrándose en el subterráneo de la sala de máquinas, contaminándose progresivamente".
La ministra presidente Sandra Álvarez, el ministro en ciencias y redactor del fallo Carlos Valdovinos y el ahora exministro Mauricio Oviedo determinaron que para la reparación se deben considerar tres sitios:
- Sala de máquinas, sitio de maquinarias y turbinas: Extracción de la totalidad de las aguas estancadas, eliminar todas las fuentes de contaminación, desmantelar, retirar y hacer disposición final de todas las máquinas, conductos, tuberías, fierros, estructuras y otros similares y reparar el subterráneo de la sala de máquinas en seis meses
- Sitio almacenamiento de combustible: Desmantelamiento de toda la infraestructura existente al interior del sitio, retirar y hacer disposición final de toda la infraestructura desmantelada y presentar al tribunal, en un plazo de 30 días, un "Programa y/o plan de trabajo" en el que queden estipuladas las acciones. Todo esto en un plazo de seis meses
- Superficie total del sitio 92-A: Elaborar y presentar un "Plan de Remediación", que debe considerar como objetivo principal la descontaminación con énfasis en los componentes suelo y agua. Además, dicho plan debe ser ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Engie Chile, en tanto, anunció a través de un comunicado que "está analizando todas las vías de acción tendientes a impugnar el fallo", argumentando que la central diésel fue operada hasta el 28 de noviembre de 2021, contrato que derivó en una demanda civil, cuya sentencia "determinó que no se estableció que Engie hubiere incumplido el contrato ni que hubiere causado perjuicios a Zofri".