Bono a vocales, multas, custodia de votos y feriado: las claves de la elección de octubre

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Autor: Cooperativa.cl

El Servel informó este viernes que hay 15,4 millones de personas habilitadas para sufragar por gobernadores, consejeros, alcaldes y concejales.

Cada votante podrá elegir qué jornada acudir a las urnas: sábado 26 o domingo 27; no ambos días.

 ATON (archivo)

Solo los vocales que ejercieron esta labor en el plebiscito de 2023 podrán repetirse para la elección de octubre y no debieran ser convocados para las presidenciales de 2025.

El Servicio Electoral (Servel) informó este viernes que son 15.450.377 personas las que están habilitadas para sufragar el próximo 26 y 27 de octubre en las elecciones regionales y municipales.

Cada votante podrá elegir qué día acudir a las urnas: sábado o domingo; no ambos días.

La elección en dos días es una de las principales modificaciones legales de la ley 21.623 que perfecciona el sistema electoral. También establece el uso del lápiz pasta azul de forma definitiva, disposición que se había utilizado sólo transitoriamente en procesos anteriores.

En esta ley también hay novedades para los vocales de mesa. "Se contempla ahora como norma permanente que los vocales designados deberán ejercer su labor en dos procesos electorales generales consecutivos, (incluidas las segundas vueltas) sea que se trate de las elecciones presidenciales, parlamentarias, municipales y/o regionales, o de plebiscitos. Por tanto, solo los vocales que ejercieron esta labor en el plebiscito de diciembre 2023 podrán repetirse nuevamente para la elección de octubre próximo. Y no debieran ser convocados para las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2025", dijo el presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle, en un punto de prensa.

El bono para las personas que ejerzan las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios será el equivalente a 28.284 pesos, y se pagará por cada día en que efectivamente ejerzan la función de vocal. Es decir, quienes cumplan con la labor de vocal durante los dos días de la elección, podrán acceder a un bono de casi 60.000 pesos.

Igualmente, Tagle hizo alusión a las multas para quienes no sufraguen en octubre. Se trata de una multa a beneficio municipal de 0,5 unidades tributarias mensuales (UTM). Es decir, casi 33.000 pesos.

No se aplicará la sanción a quienes el día de la elección:

  • Se encuentren enfermos
  • Ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación
  • No hubiesen podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local.

Asimismo, la ley publicada permite ahora a los trabajadores ausentarse durante tres horas, a fin de que puedan sufragar o excusarse según corresponda, sin descuento de sus remuneraciones.

Feriado

El presidente del Servel también se refirió a otro de los puntos que crea confusión: el feriado.

"Los días sábado 26 y domingo 27 de octubre serán feriados legales. No son feriados irrenunciables. Sin embargo, la restricción señalada en el N° 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, que prohíbe el funcionamiento para los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica se aplicará solamente el día domingo 27", aclaró Tagle, antes de agregar que también se elimina de forma permanente la ley seca, que impedía la venta de alcohol en los días de elección.

Propaganda electoral

La propaganda electoral se mantiene hasta el jueves 24 de octubre. Una de las principales novedades establecidas en la reciente ley es que se suma a las redes sociales y plataformas digitales a los medios que deben remitir al Servel la identidad y los montos involucrados de todo aquel que contrate propaganda electoral.

La nueva normativa detalla un punto fundamental en lo que se refiere a gastos: obliga a candidaturas y partidos políticos, a declarar antes de la elección los gastos contratados y devengados por conceptos de arrendamiento de muebles e inmuebles y pagos a personas que presten servicios a las candidaturas. Solo deberán informarse los gastos superiores a 30 UF por proveedor único en toda la campaña.

Respecto de aquellos gastos, sólo podrán rendirse si fueron debidamente informados antes del día de la elección. Si un candidato contrata arrendamiento de inmuebles o servicios personales y no los informa hasta el viernes 25 de octubre, no podrá rendirlos en su contabilidad electoral.

Candidaturas

Hasta el 29 de agosto, de un total de 18.738 candidaturas declaradas (incluyendo aquellas nominadas en las primarias), había 17.394 en el Registro Especial de Inscripciones.

Noventa y nueve declaraciones de candidaturas fueron retiradas, 506 rechazadas, 236 aprobadas por la Justicia Electoral y 503 aún pendientes de resolución por los tribunales electorales regionales o el Tricel.

Custodia en elección en dos días

Aludiendo a la seguridad y a la presencia de ciertos llamados a la desconfianza, muy tradicionales y completamente infundados, Tagle aseguró que "en esta ocasión, se contará con seis urnas por mesa que deberán proveer las municipalidades: una para la elección de gobernadores, una para la de alcaldes, dos para consejeros regionales y dos para concejales".

Lo anterior, "debido al tamaño de los votos de consejeros y concejales, muy grandes y el mayor electorado que se espera que sufrague", señaló el presidente del Servel.

"Tal como en mayo de 2021, para estas elecciones en dos días se pondrá en marcha un completo protocolo para la custodia de votos, urnas y útiles electorales contenido en un Instructivo que este miércoles ya aprobó unánimemente el Consejo Directivo del Servicio Electoral", agregó.

Tagle destacó que el día sábado las mesas cerrarán a las 18:00 horas, siempre que no tengan electores en disposición de sufragar.

Los vocales de mesa levantarán un acta de cierre. Después le pondrán una cinta adhesiva alrededor de las urnas (cuatro o seis, según lo que hayan ocupado el primer día) y a las tres cajas con útiles. Luego le pondrán un sello especial y numerado por mesa en la ranura de las urnas y en las cajas con útiles. Posteriormente, serán entregadas al Delegado de la Junta Electoral y almacenadas dentro de una sala con control de acceso, llave y sellos especiales que podrá el delegado en puertas y ventanas.

La sala quedará bajo custodia de personal de las Fuerzas Aéreas o Carabineros. En paralelo, permanecerán en el local, pero fuera de la sala, un asistente del delegado, personal del Servel y los apoderados generales que lo deseen.

Los sellos tienen una calidad especial que al ser retirados dejan marcas de dicha situación.

Al día siguiente, a las 7:00 de la mañana, el delegado abrirá la sala y procederá a entregar el material de cada mesa a sus respectivos vocales quienes revisarán que los sellos no hayan sido violados, dejando constancia en acta de cualquier irregularidad. Luego continuarán con el proceso normal de votación del día domingo.

"Nuestro llamado a todo el electorado es a informarse y evitar compartir contenido falso o malicioso. Y ese es uno de los pilares de la campaña informativa que hemos lanzado a lo largo de todo el país esta semana", enfatizó Tagle.

Padrón electoral

El padrón definitivo contiene 15.450.377 electores que podrán votar en los comicios. Este listado, publicado el miércoles 28, cuenta con 171.577 electores más que en la nómina en territorio nacional del plebiscito constitucional de diciembre de 2023.

Las cifras dan cuenta también que, si para el referéndum del año pasado había 676.028 extranjeros habilitados para sufragar, para estas elecciones regionales y municipales 2024 hay 786.470; es decir, un aumento comparado de 110.442 electores.

Denuncias por domicilio electoral falso

El Servel está en proceso de presentar una denuncia ante el Ministerio Público por un total de 2.724 personas que declararon un domicilio electoral con datos falsos o diferente de los permitidos en el artículo 10 de la Ley N° 18.556, asociados a las comunas de Sierra Gorda, General Lagos, Camarones, Ollagüe, Putre, Primavera y San Gregorio.

Estos casos se derivan de reclamaciones al padrón auditado acogidas por los Tribunales Electorales o de las solicitudes de cambio de domicilio electoral no procesadas por el Servicio Electoral en atención a la inconsistencia de los nuevos domicilios declarados, dado que eran genéricos, en que se indicaba una localidad en la que solo existen caseríos, señalándose calles sin numeración, en circunstancias que sí la tienen, o, con numeración, pero inexistente, que cambia o donde, a todas luces, no existe posibilidad de albergar a un gran número de personas.