Servel publicó vocales de mesa para las elecciones del 26 y 27 de octubre

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Autor: Cooperativa.cl

El organismo también dará a conocer las mesas y locales de votación para los comicios en que se elegirán a los próximos alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales.

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Esta elección es obligatoria y cada votante podrá elegir qué día acudir a las urnas: sábado o domingo; no ambos días.

El Servicio Electoral (Servel) dio a conocer la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para las elecciones regionales y municipales del próximo 26 y 27 de octubre.

El organismo también dará a conocer las mesas y locales de votación para los comicios en que se elegirán a los próximos alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales.

Para conocer si fuiste designado vocal, miembro del Colegio Escrutador o para revisar tu local y mesa de votación, deberás ingresar al sitio web consulta.servel.cl.

El bono por ejercer la función de vocal de mesa será de 28.432 pesos por cada día, alcanzando un total cercano a los 60 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación.

Cabe recordar que esta elección es obligatoria y cada votante podrá elegir qué día acudir a las urnas: sábado o domingo; no ambos días.

Según el Servel, son 15.450.377 personas las que están habilitadas para sufragar.

RAZONES PARA EXCUSARSE 

Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas del 7 al 9 de octubre ante la Junta Electoral correspondiente. Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM (entre 132.000 y 531.000 pesos).

Las razones para excusarse, según la ley: 

  • Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros
  • Tener más de 70 años de edad
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección
  • Embarazadas
  • Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste esta calidad

En tanto, el 12 de octubre se dará a conocer la nómina de vocales definitivos, considerando reemplazantes para aquellos cuyas excusas hayan sido aceptadas por las Juntas Electorales.