Este sábado comenzó la devolución de impuestos
El proceso estaba previsto para este lunes 13 de mayo, pero algunos usuarios celebraron esta anticipada llegada.
La situación fue en el caso de quienes pidieron transferencia electrónica.
El proceso estaba previsto para este lunes 13 de mayo, pero algunos usuarios celebraron esta anticipada llegada.
La situación fue en el caso de quienes pidieron transferencia electrónica.
A pesar de que la primera entrega estaba prevista para el lunes 13 de mayo, este sábado comenzó la tan esperada devolución de impuestos.
El proceso de Operación Renta 2019 comenzó el 1 de abril y para quienes realizaron el trámite entre esa fecha y el 23 de abril, la devolución de impuestos correspondía este lunes (a través de transferencia electrónica), pero algunos usuarios ya reportaron haber recibido el dinero.
A través de las redes sociales, los beneficiarios celebraron la noticia, aunque otros reclamaron la merma que les significó a sus recursos las retenciones producto de la cotización obligadotira de los trabajadores independientes.
En este sentido, con el pago de cotizaciones previsionales independientes, los trabajadores podrán recibir seguro de invalidez y sobrevivencia, cobertura contra accidentes y enfermedades laborales, derecho a cuidar de los hijos al amparo de la Ley Sanna, prestaciones de salud, licencia y subsidios, derecho a asignaciones familiares y pensiones.
Según el Servicio de Impuestos Internos (SII) los plazos para entregar la declaración de renta que implicaron pago anticipado del dinero son los siguientes:
Fecha envío F22 | Devolución: Fecha depósito | Fecha cheque y pago por caja |
1 al 23 de abril | 13 de mayo (que se adelantó) | 30 de mayo |
24 al 29 de abril | 17 de mayo | 30 de mayo |
30 de abril al 9 de mayo | 24 de mayo | 30 de mayo |
Por qué la Tesorería retiene algunos pagos
De la misma manera que algunos celebraron la noticia, otros reclamaron que la Tesorería General de la República les retuvo la devolución de impuestos.
Según la Tesorería, estos casos se deben a retenciones judiciales (enviadas por los tribunales de Justicia por juicios con terceros) y retenciones judiciales previsionales (enviadas por los tribunales de Cobranza Laboral y previsional, los tribunales laborales o los tribunales de garantía por deudas).
En otros casos las retenciones se realizan a quienes tengan créditos universitarios solidarios o con aval del Estado (CAE) impagos, el Fondo Nacional de Salud por deudas con el sistema de salud público y mandatos, para ceder la devolución a otro.