En una decisión unánime, los miembros del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia decidieron acoger la demanda de la Fiscalía Nacional Económica en contra de las cadenas de farmacias Salcobrand y Cruz Verde por la colusión de precios en más de 200 medicamentos.
A juicio del organismo antimonopolio, durante el proceso "se acreditó más allá de toda duda razonable" el acuerdo de concertación de precios entre ambas cadenas, que deberán responder con el pago de las multas máximas establecidas por la legislación: esto es, 20.000 Unidades Tributarias Anuales, equivalentes a cerca de 19 millones de dólares, cada una, a beneficio fiscal.
El TDLC señaló que Cruz Verde, Salcobrand y Farmacias Ahumada actuaron de acuerdo a un "patrón preestablecido" para incrementar de forma coordinada los precios de 206 medicamentos -entre ellos anticonceptivos y antidepresivos- entre diciembre de 2007 y marzo de 2008, con un perjuicio directo para los consumidores.
Farmacias Ahumada quedó fuera de esta condena por haberse acogido al mecanismo de la delación compensada y pagado una multa de un millón de dólares. A partir de este acuerdo la FNE obtuvo las principales pruebas para emprender la acusación.
Cruz Verde y Salcobrand son notificadas a esta hora del fallo.
|
Las farmacias concertaron sus precios entre diciembre de 2007 y marzo de 2008. |
Modus operandi
En su sitio web, el TDCL precisa que se "estableció la existencia de este acuerdo ilícito mediante evidencia directa, relacionando la información contenida en correos electrónicos y declaraciones de ejecutivos de las cadenas de farmacias y de laboratorios involucrados, con la información de los movimientos efectivos de los precios a público de cada uno de los medicamentos indicados en el requerimiento, y con la información de las cotizaciones que regularmente cada cadena farmacéutica hace de los precios de su competencia".
"Dicha evidencia permitió establecer que Salcobrand transmitió, por intermedio de ejecutivos de diversos laboratorios, su disposición a ser el primero en modificar al alza los precios de ciertos medicamentos, y luego las tres cadenas de farmacias coordinaron las fechas en que se producirían estas alzas en cada una de ellas. De esta forma, las alzas de precios se realizaron -en su mayoría- siguiendo un patrón preestablecido, denominado '1-2-3', en el que la primera alza era realizada por una cadena (casi siempre, Salcobrand) en el 'día 1' seguida por otra cadena en el día '2', y concluyendo la última en el 'día 3'", se detalla.
De este modo, "se acreditó que una de las cadenas comunicaba al laboratorio correspondiente la fecha en que incrementaría sus precios, para que lo transmitiera anticipadamente a las otras dos cadenas, y esperaba que le confirmaran que ellas también seguirían esa alza en los días acordados".
Incluso, "algunos correos electrónicos de ejecutivos de laboratorios dan cuenta de que éstos informaban a una farmacia en los casos en que otra tuvo alguna dificultad para implementar el alza de precios acordada, y les avisaba cuándo lo harían", se indica.
El Tribunal corroboró además que durante el periodo de la colusión hubo "un inusual monitoreo que cada farmacia hizo respecto de los precios de venta de la otra".
|
Salcobrand era la primera en efectuar las alzas, que eran seguidas por las otras dos compañías. |
Gravedad de los hechos
En su escrito, el TDLC también dio cuenta de los aspectos que consideró para imponer el monto de la multa a las cadenas.
Explicó, en este sentido, que "la colusión es la conducta más grave de aquellas sancionadas en el D.L. N° 211 y en este caso afectó, en un mercado de singular importancia, a productos farmacéuticos destinados -en su gran mayoría- a tratar enfermedad crónicas (...) ocasionando un menoscabo directo a quienes los requieren para sus tratamientos".
La extensión del daño causado "se consideró especialmente grave, pues involucró a casi la totalidad de la oferta, el significativo número de consumidores afectados en todo el país, y que el acuerdo probablemente se habría mantenido en el tiempo y extendido a otros medicamentos de no haberse iniciado la investigación de la FNE".
Adicionalmente, el Tribunal consideró el beneficio económico obtenido por las requeridas con motivo de esta colusión, explicando que "si bien las cadenas de farmacias se encontraban (en el periodo) en una 'guerra de precios', la coordinación les permitió adelantar los incrementos de precios y evitar los costos de haber actuado en forma independiente".
El monto de la multa equivale, "conjuntamente, a cerca de un 3,5 de las ventas totales de productos farmacéuticos de ambas empresas en el año 2007", se consigna.
Esta sentencia no establece sanciones respecto de Farmacias Ahumada S.A., dado que ésta alcanzó un acuerdo conciliatorio con la Fiscalía Nacional Económica -el que fue aprobado por este Tribunal en abril de 2009- en que reconoció los hechos descritos, se comprometió a cooperar con dicho Servicio aportando los antecedentes con que contaba, y pagó una suma cercana a U$1 millón.
Desarrollo del caso
La Fiscalía Nacional Económica demandó en diciembre de 2008 ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a las tres principales cadenas de farmacias del país -Ahumada, Cruz Verde y Salcobrand- acusándolas de haber subido concertadamente los precios de más de 200 medicamentos a contar de diciembre de 2007, asegurando tener "pruebas serias" de dicha colusión.
En marzo de 2009 se hizo público un acuerdo conciliatorio entre FASA y la FNE en el cual la cadena confesó haber incurrido en actos contrarios a la libre competencia junto a Cruz Verde y Salcobrand.
Ahumada dijo que "algunos" de sus ejecutivos "mantuvieron contactos personales con ejecutivos de algunos laboratorios con el objeto de reducir los costos de compra, conversaciones en las cuales algunos de tales ejecutivos de laboratorios transmitieron a los ejecutivos de Fasa la proposición de alzar coordinadamente los precios de las tres compañías (Fasa, Salcobrand y Cruz Verde) para un grupo determinado de medicamentos, como solución a esa situación de mercado".
Esta versión fue calificada en su momento como "una infamia" por Salcobrand.
El caso provocó un fuerte impacto público e incluso marcó por algunas semanas el debate en medio de la campaña presidencial de 2009, luego de que se revelara que Sebastián Piñera era accionista de FASA.
Tras él incluso se efectuaron modificaciones legales que dotaron de mayores atribuciones investigativas a la FNE, algo que, a juicio de expertos, permitió descubrir nuevos casos de colusión, como el reciente del "cartel del pollo".