El Gobierno presentará indicaciones al proyecto de royalty minero tomando parte de las sugerencias realizadas por parlamentarios, expertos y representantes de la industria, aunque, aclaró el ministro de Hacienda, Mario Marcel, "sin modificar lo que había aprobado la Comisión de Minería de la Cámara Alta y buscando darle más seguridad a los inversionistas del sector".
El secretario de Estado anunció las modificaciones en la Comisión de Hacienda del Senado, las que serán ingresadas formalmente en los próximos días al Congreso.
La primera de las modificaciones apunta a establecer una carga tributaria potencial máxima de 50 por ciento sobre la rentabilidad operacional de las grandes empresas mineras, considerando conjuntamente el pago del impuesto específico o royalty, del Impuesto de Primera Categoría y de los impuestos finales (adicional).
Si la suma de estos gravámenes supera dicho límite, será el royalty el cual se ajustará hasta alcanzar el porcentaje máximo establecido en la ley. Al respecto, Marcel destacó que que "nos parece bastante más práctico que la propia ley establezca un límite".
El ministro agregó que "si el 50 por ciento es un límite, la carga promedio necesariamente tiene que ser menor que esa cifra. Se entregaron ejemplos en que las cargas promedio fluctúan en torno al 42 por ciento y 44 por ciento, lo que es comparable positivamente con la carga tributaria de la industria minera de cobre en otros países. Esto fue bien recibido por todos los senadores integrantes de la Comisión, lo consideraron como un avance importante, lo que podría ayudar a tener un acuerdo más amplio".
El ministro precisó que la rentabilidad operacional se medirá como la renta operacional minera ajustada (RIOMA) antes de impuestos, lo que permite excluir variables financieras y efectos temporales; y simplifica el instrumento, evitando crear nuevas variables que inciden en la determinación de los impuestos. Para el cálculo de la carga tributaria potencial se utiliza un escenario de distribución del 100 por ciento de los dividendos.
LAS OTRAS INDICACIONES
Junto con este cambio, la autoridad explicó que se presentarán indicaciones para reponer los gastos de organización y puesta en marcha de un proyecto minero como un costo para efectos del cálculo de la base imponible del componente sobre el margen del Royalty; y mantener la obligación de las compañías mineras de informar sus estados financieros a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), pese al término de los contratos de invariabilidad tributaria que establecía este compromiso.
Con ello, la mayor recaudación estimada de la gran minería privada, en régimen, llegará a un 0,56 por ciento del PIB "con una diferencia relativamente menor con el texto aprobado en la Comisión de Minería del Senado ¿Qué diferencia hace entonces? Que garantiza que en caso de precios del cobre extremos muy altos o bajos, entra el límite 50 por ciento que da una seguridad adicional a los inversionistas", explicó Marcel.
El proyecto modifica, entre otros aspectos, la escala de tasas para aplicar el impuesto en función del margen operacional de las empresas mineras que produzcan el metal rojo en una cantidad mayor a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, las que fluctuarán entre un 8 por ciento y un 26 por ciento. Para el cálculo de margen operacional se permite descontar los gastos propios de la faena productiva, insumos y la depreciación.
Además, se propuso establecer un impuesto ad valorem de tasa plana de 1 por ciento para la gran minería del cobre cuya explotación supere las 50 mil toneladas métricas de cobre fino, excluyendo de esta forma a la mediana minería. En caso de que el margen operacional sea negativo, no procederá el pago de este gravamen.
La iniciativa también establece que un 35 por ciento de la recaudación esperada, equivalente a 450 millones de dólares, se invertirá en aumentar las capacidades financieras y de gestión de los gobiernos regionales y municipios de todo Chile, a través de tres fondos.
Se espera que la próxima semana se discuta y vote el proyecto en la Comisión de Hacienda, para ser despachado a la Sala de la Cámara Alta.