El Primer Tribunal Ambiental, que la semana pasada remeció la actualidad política y económica con su fallo favorable al proyecto Dominga, comunicó este martes su decisión de confirmar una "histórica multa" a la empresa Minera Escondida -superior a los 8.000 millones de pesos- por haber provocado un "daño irreparable" en el marco de su operación.
En un fallo dividido -con el voto en contra del ministro suplente Alamiro Alfaro- el tribunal rechazó una reclamación interpuesta por la compañía y ratificó la multa de 10 mil Unidades Tributarias Anuales que le impuso la Superintendencia del Medio Ambiente en 2022 a raíz de la afectación provocada al acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo (ubicado en la comuna de San Pedro de Atacama, en la Región de Antofagasta) y a la Comunidad Indígena Atacameña de Peine.
El caso tiene su origen en una denuncia formulada en 2018 por el Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas a propósito de una "disminución del nivel freático en el Sector de Tilopozo".
El regulador determinó que la minera operada por BHP Billiton no implementó adecuadamente las medidas de mitigación estipuladas en su Resolución de Calificación Ambiental de 1997, provocando una "degradación progresiva en los ecosistemas protegidos y los objetos ambientales del sector", a consecuencia de un "daño ambiental significativo al acuífero, cuya recuperación está proyectada en varios siglos".
La Comunidad Indígena Atacameña de Peine sufrió, en tanto, "un daño irreparable a sus sistemas de vida y costumbres debido al impacto en el sistema hidrogeológico que sustenta las vegas de Tilopozo", que afectó sus posibilidades de aprovechar las vegas como recurso turístico, "limitando sus posibilidades de desarrollo por décadas".
La sentencia de la justicia ambiental determinó que la SMA actuó dentro de sus facultades y competencias, sin incurrir en "cualquier atisbo de arbitrariedad en su decisión".
Acuerdo de conciliación
El Primer Tribunal Ambiental informó también este martes que, en paralelo, aprobó un acuerdo de conciliación logrado por el Consejo de Defensa del Estado y la Comunidad Indígena Atacameña de Peine con Minera Escondida Limitada (MEL), Albemarle Limitada (ALB) y Compañía Minera Zaldívar SpA (CMZ), en el marco de una demanda de reparación iniciada en 2022 por el daño ambiental en el mismo acuífero de Monturaqui–Negrillar y Tilopozo.
Esta conciliación contempla 14 medidas -que deberán ser ejecutadas en su mayoría por las tres empresas-, e incluye acciones que comprometen 47 millones de dólares destinadas a mitigación, compensación y gestión ambiental, diagnóstico, restauración y compensación de los sistemas vegetacionales afectados.
Agua desalada
El tribunal recordó, al informar de estas resoluciones, que las actividades de la Minera Escondida se iniciaron en el año 1990, y destacan por ser una de las mayores operaciones mineras en el país.
Inicialmente, su suministro de agua provenía de un campo de pozos ubicado en el sector del Salar de Punta Negra, complementado con agua industrial recuperada del Depósito de Relaves Hamburgo.
Luego, entre 1998 y diciembre de 2019, su abastecimiento hídrico fue provisto por el campo de pozos situado en el sector de Monturaqui, en el acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, ubicado unos 78 kilómetros al este de la mina, y 46 kilómetros al sur de las Vegas de Tilopozo. Este sistema tenía una capacidad de bombeo anual de 1.400 litros por segundo.
"Actualmente, y en concordancia con las prácticas de sostenibilidad, la operación de Minera Escondida se abastece exclusivamente de agua proveniente de una planta desalinizadora ubicada en el sector de Coloso, en la comuna de Antofagasta", se indicó.