La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la AFP Habitat restituir los fondos retenidos a un ciudadano francés que se afilió al sistema de pensiones cuando comenzó a trabajar en Chile, en 2007.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Dobra Lusic, María Soledad Melo y Juan Antonio Poblete- acogió la acción cautelar presentada por Gilles Matthieu Delgado, quien mantuvo durante su estadía en Chile, su afiliación al régimen previsional francés.
La resolución establece que "del análisis de los antecedentes aportados a la presente causa, analizados conforme a las reglas de la sana crítica, aparece que el actor ha mantenido su afiliación al régimen previsional de su país de origen, Francia".
En el fallo se señala que el recurrente "acompañó toda la documentación necesaria para acreditar su vinculación con el sistema previsional francés y toda la pertinente que dan cuenta de las relaciones laborales habidas en Chile y las cotizaciones que se efectuaron en la AFP recurrida, por lo que en los hechos no se advierte el impedimento que observa esta última para hacer la devolución requerida".
El dictamen agrega que "el texto legal citado impone la obligación de restitución de aquellos fondos cuando se dan los supuestos que la misma establece, por lo que el actuar de la recurrida afecta efectivamente la garantía invocada, esto es, el derecho de propiedad sobre aquellos fondos, al retenerlos en su poder y administrarlos según su parecer".
El fallo concluye que "se acoge con costas, el recurso de protección deducido por doña Javiera Moreno, abogada, en representación de don Gilles Mathieu Delgado en contra de la Admistradora de Fondos de Pensiones Habitat Sociedad Anónima, consecuentemente la recurrida procederá a hacer devolución de la totalidad de los fondos previsionales".