Justicia argentina ordena revisar si debe indagarse un atentado de Montoneros

Publicado:
| Periodista Digital: EFE

Fue anulado el fallo que rechazaba investigar su participación en la explosión en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal en 1976, que le costó la vida a 24 personas.

La jueza que lo dictó no habría considerado que el caso podría implicar una violación de DDHH, por "el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras" a los acusados.

Justicia argentina ordena revisar si debe indagarse un atentado de Montoneros
 ATON (Archivo)

El fallo estima que la argumentación de la jueza María Servini de Cubría contiene "vicios trascendentes", por lo que le ordena reevaluar el caso.

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Un tribunal de alzada argentino anuló una resolución de una jueza federal que había rechazado investigar un atentado atribuido a la organización guerrillera Montoneros en 1976, durante la dictadura militar argentina (1976-1983).

El suceso ocurrido el 2 de julio de 1976 consistió en la colocación de un poderoso artefacto explosivo que detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal, en la ciudad de Buenos Aires, y ocasionó el fallecimiento de 24 personas, así como dejó más de 60 heridos.

La decisión de la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal va contra la resolución adoptada por la jueza María Servini de Cubría en noviembre pasado, cuando rechazó la solicitud de reapertura de la investigación y juzgamiento de los responsables de los hechos denunciados.

También había rechazado el pedido de calificar como querellantes de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, la Asociación "Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica" y tres personas en condición de víctimas, los cuales apelaron.

El fallo de los ministros Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens consideró "inválida" la resolución de la jueza porque contiene "vicios trascendentes" y "prescindió considerar cuestiones previas y expresamente introducidas en derredor de la maniobra denunciada", por lo mismo, declarando la nulidad del sobreseimiento de los acusados, devolvió las actuaciones a la jueza para que vuelva a evaluar el caso, según el texto al que tuvo acceso Efe.

FACTORES NO PONDERADOS

Entre las "aristas" que la Cámara advirtió están que la magistrada no había ponderado indicó "el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas" y "la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, con los nuevos elementos propuestos" o "un posible caso de grave violación a los derechos humanos".

Quien figura en la carátula del caso y como responsable del ataque es José María Salgado, un integrante de la agrupación guerrillera y ex agente de la Policía.

Salgado ingresó al edificio llevando en un maletín la bomba compuesta por 9 kilos de TNT y bolillas de acero, colocó el artefacto explosivo en una silla que cubrió con un abrigo, luego activó el detonador de tiempo y se retiró del edificio, según recuerda la apelación. Veinte minutos después se produjo la explosión.

El mismo día, Montoneros, cuya conducción nacional estaba bajo la jefatura de Mario Firmenich, emitió un comunicado calificando la misión como "un hecho de guerra".

Los querellantes en la apelación recordaron que "no se trata de un hecho aislado, sino que se enmarca en los numerosos actos de terrorismo llevados adelante por la Organización Montoneros, entre otras".

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