Cuatro ex militares argentinos, de entre 79 y 98 años de edad, fueron condenados a prisión perpetua este lunes por el secuestro, torturas y homicidio de cuatro personas que fueron drogadas y arrojadas al mar durante la última dictadura cívico militar (1976-1983) del país.
La sentencia, por parte del Tribunal Oral Federal 2 de la localidad bonaerense de San Martín, llega tras casi dos años de vista oral, en la que se juzgaron los conocidos como "vuelos de la muerte" realizados desde el aeródromo militar de Campo de Mayo.
Esta se suma a otras condenas que años atrás ya se dictaron por procedimientos similares en otros centros de tortura.
Durante este proceso, realizado durante la pandemia de Covid-19 de forma virtual, se juzgó a Santiago Omar Riveros, de 98 años, quien fue comandante de Institutos Militares, en detención domiciliaria por otras causas.
También a Luis del Valle Arce, de 93 años; Delsis Malacalza, de 85, y Eduardo Lance, de 79, ex integrantes del batallón de Aviación 601 del Ejército de la localidad bonaerense de Campo de Mayo, que ya están cumpliendo prisión domiciliaria preventiva.
Todos ellos escucharon su sentencia de forma virtual.
CUATRO VÍCTIMAS
Los ex militares se sentaron en el banquillo, de forma virtual, por el secuestro, torturas y homicidio de Juan Carlos Rosace, Adrián Enrique Accrescimbeni, Rosa Eugenia Novillo Corvalán y Roberto Ramón Arancibia, cuatro personas que estuvieron recluidas en Campo de Mayo, uno de los principales centros clandestinos de detención desde los que salían los "vuelos de la muerte" que arrojaron, drogadas, a cientos de víctimas a las aguas del Río de la Plata o al mar.
Se estima que unas 5.000 personas pasaron por el centro clandestino de Campo de Mayo, de las cuales muy pocas sobrevivieron.
"Los hechos ilícitos materia de debate en la presente causa constituyen delitos de lesa humanidad", señaló este lunes Walter Benditti, el juez encargado de leer la sentencia, tras la que ordenó realizar informes para conocer el estado de salud de los condenados y saber si su permanencia en un establecimiento penitenciario común -y no en su domicilio- impediría tratar adecuadamente sus afecciones.
También pidió instalar a cada uno un dispositivo de geolocalización y su incorporación al programa de vigilancia electrónica, "en la medida que la condición de salud lo permita.
Los querellantes en la causa fueron la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, y víctimas representadas por letrado particular.
EL ORIGEN DEL JUICIO
La jueza de instrucción de San Martín Alicia Vence elevó a juicio esta causa basándose en los testimonios de unos 400 militares que, durante su paso por la guarnición de Campo de Mayo en su servicio militar obligatorio, presenciaron u oyeron cómo salían esos vuelos por las noches.
En el auto de la Fiscalía que elevó a juicio esta causa, el Ministerio Público detalló que la tarea de los aviadores ya retirados "consistía en organizar, planificar y materializar los denominados vuelos de la muerte".
"Para ello recibían a las víctimas que eran trasladadas al Batallón de Aviación 601 de Campo de Mayo. Allí eran subidas, vivas o muertas, a los aviones y/o helicópteros del Batallón que luego despegaban y durante el vuelo eran arrojadas a las aguas del Río de la Plata y/o al océano Atlántico para que no fueran encontradas, debido a la clandestinidad del accionar desplegado por las Fuerzas Armadas", recogió entonces el texto.
Tras el Juicio a las Juntas de 1985, que condenó a los mayores jefes de la dictadura, los procesos abiertos para juzgar a mandos inferiores fueron interrumpidos por dos leyes aprobadas durante el Gobierno de Raúl Alfonsín (1983-1989).
Luego, Carlos Menem (1989-1999) indultó a militares, entre ellos la cúpula del régimen, y a los líderes de las guerrillas de izquierda.
No fue hasta el 2005, durante el Ejecutivo de Néstor Kirchner, que la Corte Suprema declaró inconstitucionales esas leyes y los juicios se retomaron.