Corte Suprema abrió la puerta a la liberación de Lula da Silva

Publicado:
| Periodista Digital: EFE

El máximo tribunal determinó que la prisión de una persona condenada solamente en segunda instancia es inconstitucional.

En el caso de Lula, en prisión desde 2018, aún contempla un último recurso, ya presentado y aún no juzgado en la propia Corte Suprema.

Corte Suprema abrió la puerta a la liberación de Lula da Silva
 EFE / Archivo
Llévatelo:

La Corte Suprema de Brasil decidió este jueves que la prisión de una persona condenada solamente en segunda instancia es inconstitucional, lo que puede llevar a liberar a miles de presos, entre ellos el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva.

La decisión, adoptada por un ajustado resultado de seis votos frente a cinco, fue la conclusión de un complejo juicio en el que el tribunal alteró finalmente una jurisprudencia establecida en 2016, según la cual un condenado en segunda instancia ya podía ingresar a prisión, aún con apelaciones pendientes en otros dos tribunales superiores.

Sin embargo, según se decidió este jueves, una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones, que en el caso de Lula, en la cárcel desde abril de 2018 y condenado a ocho años, aún contempla un último recurso, ya presentado y aún no juzgado en la propia Corte Suprema.

Lula y otros 5.000 presos en "la fila" de la liberación

En una situación similar, con apelaciones aún a la espera de una resolución, se calcula que están cerca de 5.000 presos por los más diversos delitos, entre los cuales figuran una veintena de políticos y empresarios condenados por la operación anticorrupción Lava Jato, que llevó a Lula a la cárcel.

Según la decisión, que no valdrá para delitos violentos juzgados en tribunales populares, cada uno de esos casos deberá ser analizado individualmente y una vez que los abogados de cada recluso pidan una revisión, que en el caso de Lula pudiera no ser inmediata.

Cristiano Zanin, jefe de su equipo de abogados, dijo este jueves, cuando el juicio aún no concluía, que sólo dará ese paso después de visitar al ex presidente en la cárcel para plantearle la nueva situación, lo que tiene previsto hacer este viernes.

El alegato más firme en favor de la decisión que se ha adoptado fue formulado por el magistrado Gilmar Mendes, quien sostuvo que la decisión de 2016, que permitió la ejecución de la pena después de la segunda instancia, "institucionalizó" lo que calificó de "prisión preventiva de carácter permanente".

Según Mendes, "se consagró como un mantra la ejecución anticipada de la pena, cuando era apenas una posibilidad", y hoy cerca de 5.000 personas están en la cárcel por los delitos más diversos, pese a que aún pueden apelar y ser declarados inocentes.

Mendes afirmó que "el caso de Lula es emblemático" y que, así como "mostró que todo el sistema jurídico funciona mal", también "contaminó el debate" y alentó a mantener la "inconstitucionalidad" que supone llevar a prisión a una persona cuando no se ha cumplido con todo el proceso de apelaciones que la Constitución establece.

El magistrado Celso de Mello, decano del tribunal, coincidió con Mendes y subrayó que "el Estado no puede actuar de forma abusiva" y debe restringirse a "los límites que la Constitución impone".

En ese marco, subrayó que el texto constitucional brasileño "es claro" y dice que la pena de prisión sólo se cumplirá una vez que un proceso complete el llamado "tránsito en juzgado" ("cosa juzgada" en español), que es cuando ya no hay apelaciones posibles.

"De esa manera se garantiza en su totalidad el principio de la prescripción de inocencia", sostuvo Mello

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