11-M: Fiscalía española recurrió contra la absolución de "el Egipcio"
Según juristas hispanos, fue un error del tribunal dejar libre de cargos a Rabei Osman El Sayed, al aplicar un principio que impide juzgar dos veces un mismo delito.
Según juristas hispanos, fue un error del tribunal dejar libre de cargos a Rabei Osman El Sayed, al aplicar un principio que impide juzgar dos veces un mismo delito.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional de España determinó recurrir contra la sentencia que absolvió a Rabei Osman El Sayed, alias Mohamed "el Egipcio", por pertenencia a organización terrorista en relación los atentados del 11-M, dictada el pasado 31 de octubre.
Según fuentes del organismo, que en el juicio pidió 38.962 años de cárcel para Osman, en calidad de inductor de los atentados y por 191 asesinatos y otros 1.841 en grado de tentativa, se cree que el tribunal que juzgó el 11-M debía haberlo condenado, al menos, por el delito de pertenencia a organización terrorista, por el que se pedían 14 años de prisión.
Esto, agregaron juristas, porque se considera que la sentencia por la que se lo condena en Italia por este delito aún no está a firme.
Los magistrados consideraron que, a pesar de que el tribunal "no alberga duda alguna de la pertenencia de este procesado a las redes terroristas internacionales de tipo yihadista", Rabei Osman El Sayed ya fue condenado en noviembre de 2006 en Italia -a 10 años de cárcel que fueron reducidos a ocho- por el delito de pertenencia a organización terrorista.
Los tres magistrados precisaron que el principio jurídico de non bis in idem "impide castigar doblemente por un mismo delito".
En tanto, el abogado defensor de "el Egipcio", Endika Zulueta, aseguró que impugnará el recurso contra la absolución de su cliente anunciado por la Fiscalía.
Por su parte, fuentes del tribunal del 11-M explicaron que a la hora de absolver a "el Egipcio" por el delito de pertenencia se tuvo en cuenta que fue juzgado en Milán por un delito análogo y, en aplicación del citado principio, no podría ser juzgado ni condenado en España por ese mismo delito por el que ya ha sido sentenciado en Italia, ni aunque finalmente resultara absuelto. (Agencias)