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Perú avanza en modificaciones legales por fallo de La Haya

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Autor: Cooperativa.cl

Lima implementó tres cambios, entre ellas una repartición de monitoreo de tráfico marítimo.

Desde la cancillería nacional se esperan cambios mayores.

Perú avanza en modificaciones legales por fallo de La Haya
 UPI / Archivo

Los cancilleres de Chile y Perú podrían reunirse en el plazo de un mes en una nueva cita del 2+2.

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Modificaciones en su legislación como la creación de una repartición de monitoreo de tráfico marítimo y la adaptación a los nuevos límites en materia de tránsito aéreo son parte de los cambios legales que el gobierno peruano ha implementado para avanzar en la aplicación efectiva del fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre el diferendo por límites fronterizos con nuestro país.

Algunos de estos temas pueden ser discutidos dentro de la reunión que se espera sostengan los ministros de Relaciones Exteriores de ambos países en el margen de los próximos 30 días, como parte de una nueva cita del "2+2" que también convoca a los titulares de Defensa.

Según consigna La Tercera, entre los cambios a las leyes peruanas que son seguidos con atención desde la cancillería nacional, se cuenta la modificación al decreto de Control y Vigilancia de Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, que entre otros puntos crea el Sistema de Tráfico y Monitoreo del Tráfico Acuático.

Esta instancia tiene a su cargo la persecución de naves -sobre todo extranjeras- y la eventual implementación de acciones intimidatorias a quien infrinja los nuevos límites.

La anterior reforma se relaciona con un segundo cambio a la Resolución Directoral 0073-2014 sobre el Sistema de Seguimiento, Control e Información de Tráfico Marítimo, que derogó una norma y actualizó las operaciones de búsqueda y salvamento de naves.

Un último cambio comprende la puesta al día del reglamento de Aeronáutica Civil, en los artículos relativos al libre tránsito aéreo y las sanciones a quienes no lo respeten.

De acuerdo al documento de la última cita del "2+2", "cada país asume el compromiso de efectuar la identificación de su normativa interna que pudiere ser inconsistente con el fallo teniendo en cuenta lo antes expresado, y procederá a adecuar dicha normativa de conformidad con dicho fallo".

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