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Carabinera fue condenada por crudos apremios contra dos detenidas en el estallido

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Autor: Cooperativa.cl

Las víctimas recibieron golpes, insultos, fueron rociadas con gas pimienta y obligadas a desnudarse y hacer sentadillas en una comisaría.

El tribunal desestimó, sin embargo, la calificación de "tortura", planteada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

Carabinera fue condenada por crudos apremios contra dos detenidas en el estallido
 ATON (Referencial)

La cabo segundo llamó "vacas culiás" y "lesbianas" a las víctimas en medio de su detención. Fue sentenciada a cuatro años, pero con el beneficio de la libertad vigilada.

Llévatelo:

Una cabo segundo de Carabineros, de iniciales N.B.M.C., fue sentenciada a cuatro años y un día de presidio -con el beneficio de la "libertad vigilada intensiva"- por haber cometido apremios ilegítimos contra dos mujeres detenidas el año 2019 en Quilpué, en medio de las protestas del estallido social.

En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar dio por acreditado que alrededor de las 19:00 horas del 21 de noviembre de 2019, las víctimas de iniciales "L.E.T.C. y N.D.C.A. se encontraban en la Avenida Los Carrera, a la altura de la tienda comercial 'Ripley' de la ciudad de Quilpué, participando en las protestas que se desarrollaban en la zona en el contexto del denominado estallido social".

GOLPEADAS E INSULTADAS EN UN RETÉN MÓVIL

Ambas fueron detenidas por funcionarios de Carabineros, siendo esposadas y trasladadas hasta un retén policial móvil, donde la cabo N.B.M.C. "golpeó a L.E.T.C. en distintas partes de su cuerpo con patadas y con su bastón retráctil".

La condenada también "insultó a L.E.T.C. aludiendo a su aspecto físico, al decirle, entre otras cosas, 'vaca culiá'", indica el fallo. Tanto ella como su acompañante fueron tratadas de "lesbianas" por la carabinera condenada.

Durante la golpiza, la uniformada "hizo caso omiso a las súplicas de L.E.T.C. al informarle que mantenía una hernia en su zona abdominal". De hecho,  dirigió los golpes "específicamente donde la afectada le dijo tener la hernia".

La víctima N.D.C.A. recibió luego una cachetada que la hizo caer al suelo, y estando las dos tiradas fueron rociadas en la cara con gas pimienta "al interior del mismo retén móvil", detalla la sentencia.

DESNUDADAS Y HUMILLADAS EN UNA COMISARÍA

El fallo prosigue detallando que las dos afectadas fueron ingresadas a la Segunda Comisaría de Quilpué, donde "la condenada las conminó a desnudarse y a realizar sentadillas en uno de los baños del recinto policial".

En este contexto, "la suboficial escupió a L.E.T.C. y le dio golpes de puño en la cara", causándole lesiones que fueron catalogadas como leves en la constatación.

TRATOS CRUELES SÍ, TORTURA NO

Según detalló el Poder Judicial en su sitio web, durante el proceso el tribunal viñamarino desestimó la calificación jurídica de "torturas" que planteó el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que fue querellante en la causa.

"No se observó que la violencia ejercida en contra de (las víctimas) L.E.T.C. o N.D.C.A. haya estado dirigida a obtener una confesión de sus partes, inspirada en algún tipo de discriminación, o que haya buscado castigarlas por algún acto que se sospechara habrían cometido", apuntaron los jueces.

"Más bien, se observó la aplicación de malos tratos crueles y degradantes en contra de una persona que opuso resistencia a su detención, y en contra de otra que simplemente la acompañaba, acción que a juicio de este tribunal constituye la figura penal de apremios ilegítimos consagrada en el artículo 150 letra D referido", detalla la sentencia. 

PENAS ADICIONALES

Como penas adicionales, el tribunal impuso a N.B.M.C. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas del juicio.

Durante el cumplimiento de sus cuatro años de libertad vigilada, la carabinera estará sujeta al control administrativo de Gendarmería y deberá, además, presentarse al Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, su huella genética será incorporada al Registro Nacional de ADN de Condenados.

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