El ministro en visita Mario Carroza dictó sentencias contra los ex militares responsables de quemar vivos a Rodrigo Rojas De Negri y Carmen Gloria Quintana el 2 de julio de 1986, acción que le causó la muerte al primero y graves lesiones a la segunda, quien resultó con el 65 por ciento de su cuerpo quemado.
Las dos víctimas fueron interceptadas por una patrulla militar en la citada fecha, cuando se desarrollaba una jornada de protesta nacional contra la dictadura de Augusto Pinochet. Los integrantes de dicho grupo los golpearon, los rociaron con combustible y les prendieron fuego.
El magistrado condenó a Julio Ernesto Castañer González, Iván Humberto Figueroa Canobra y Nelson Fidel Medina Gálvez en calidad de autores del homicidio calificado de Rojas y el homicidio calificado en grado de frustrado de Quintana. Por ello los sentencia a cumplir 10 años y un día de presidio.
También se sentenció a Luis Alberto Zúñiga González, Jorge Osvaldo Astorga Espinoza, Francisco Fernando Vásquez Vergara, Leonardo Antonio Riquelme Alarcón, Walter Ronny Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco, Pedro Patricio Franco Rivas y a Sergio Hernández Ávila en calidad de cómplices del homicidio calificado de Rojas y homicidio calificado en grado de frustrado de Quintana, por lo que deberán cumplir con penas de tres años y un día de cárcel, con el beneficio de libertad vigilada.
En la sentencia se establece también que se absuelve a René Aníbal Muñoz Bruce y a Pedro Fernández Dittus de la acusación de encubrimiento del crimen. En el caso de este último su absolución se debe a que se acogió en su favor la excepción de la cosa juzgada.
El documento también establece que "la pena impuesta se le comenzara a contar a Figueroa, Castañer y Medina, desde que ingresen a cumplirla, sirviéndoles de abono los días que permanecieron privados de libertad" en 2015 por un periodo cercano a los tres meses cada uno.
Para los condenados en calidad de cómplices, añade el texto, "resulta aplicable, por reunirse los requisitos del artículo 15 bis de la Ley 18.216, el beneficio alternativo de la libertad vigilada intensiva, estableciéndose para ellos como plazo de tratamiento y observación ante la autoridad administrativa correspondiente el plazo de sus respectivas condenas y debiendo cumplir además, las otras exigencias a que se refiere el artículo 17 de la misma ley".
Además, se acogió la demanda civil, condenando al Estado de Chile a pagar la suma total de 450 millones de pesos a los sobrevivientes y también a los familiares de las víctimas.
La sentencia es la primera instancia, por lo que quedan la posibilidad de una apelación en la Corte de Santiago y luego podría llegar incluso a la Corte Suprema.
El caso de Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana
En julio de 1986, en una jornada de paro nacional contra la dictadura de Augusto Pinochet, un grupo de personas preparaba una barricada en Estación Central y una patrulla retuvo a dos jóvenes: El fotógrafo Rodrigo Rojas de Negri de 19 años y Carmen Gloria Quintana de 17.
Les prendieron fuego, los quemaron vivos y luego los dejaron en una zanja en Quilicura donde fueron encontrados por unos trabajadores. Producto de la gravedad de sus heridas, Rojas falleció a los pocos días. Quintana logró sobrevivir con múltiples heridas que la llevaron a ser operada en múltiples ocasiones durante su vida.
En su momento, el dictador negó los hechos y deslizó una explicación distinta: "Es muy curioso que la parka que tenía el joven no estaba quemada por fuera, la quemadura es por dentro (...) me da la impresión que a lo mejor, llevaba algo oculto y se reventó y se le produjo la quemazón", decía Pinochet.
En 1991, el entonces jefe de patrulla Pedro Fernández Dittus fue condenado por un tribunal militar pero no por su responsabilidad en el hecho, sino por no prestarle atención a las víctimas. 24 años después, el testimonio de un integrante de la patrulla -Fernando Guzmán- hizo que el caso fuera reabierto.
Querellante buscará apelar por penas
Luis Toro, el abogado querellante por parte de la familia de Verónica de Negri, madre de Rodrigo Rojas, manifestó que no está de acuerdo con el fallo "en cuanto a las penalidades".
"Yo no sé qué le pasó al ministro Carroza porque por él siento una admiración, hasta ahora. En mi concepto era cadena perpetua o veinte años. No menos, por los agravantes. Apelaremos", aseguró.
El abogado Héctor Salazar, quien representa a Carmen Gloria Quintana, manifestó que "tenemos establecida una verdad que se supo prácticamente desde el mismo día que ocurrieron los hechos, establecida en una sentencia judicial y que fue un hecho criminal horroroso".
"Yo diría que en lo fundamental, interpela brutalmente al Ejército en este caso. Si durante todo este tiempo, en que se calló, se ocultó, se ha hecho alguna reflexión, me gustaría que esta sentencia fuera material obligado de lectura de todos los jóvenes que están en la Escuela Militar estudiando para ser oficiales de nuestro Ejército", manifestó.
Respecto a si apelará como la defensa de De Negri, Salazar manifestó que todavía debe conversarlo con Carmen Gloria Quintana.
De Negri cuestionó indemnización
Verónica De Negri, madre del joven fallecido, planteó a Cooperativa que está "contenta por el fallo, porque es un fallo histórico. Se acabó el pacto de silencio, Kast tampoco puede entrar en el jueguito con Castañer".
"Es el triunfo de que por casi 33 años yo he caminado gritando la verdad y esa verdad no se me había concedido", dijo.
En relación a la indemnización, manifestó que "me parece una burla tremenda. Con todos los viajes que he tenido que hacer a este país y no me pagan ni siquiera los viajes y me parece el colmo que al padre de Rodrigo, que nunca ni siquiera lo tomó en brazos, le estén dando 50 millones de pesos, que es lo mismo que me están dando a mí".
"Me parece tan asqueroso esa cantidad de dinero, porque mientras tanto el Ejército está robando millones y millones del erario nacional", indicó.