La Corte Suprema dictó sentencia en la investigación por el homicidio calificado del profesor Luis Almonacid Arellano, ocurrido el 16 de septiembre de 1973, en la ciudad de Rancagua.
El caso volvió a investigarse por la justicia civil luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolviera dejar sin efecto el proceso cerrado en la justicia militar por la aplicación de la Ley de Amnistía.
En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Jorge Lagos, rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que ratificó la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, para el ex integrante de Carabineros Raúl Neveu Cortesi.
Este caso llevó en 2006 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a culpar al Estado chileno de incumplir sus obligaciones ante a violación de derechos humanos y la investigación de estos, además del resguardo del debido proceso.
Entre sus argumentos, el máximo tribunal expuso que "los acontecimientos declarados en el fallo resultan inamovibles, de lo que deriva que la causal 2ª del artículo 546 del Código de Procedimiento Penal también deberá rechazarse, pues por ella se postula una tesis de homicidio alevoso que no puede ser acogida porque carece de los hechos que se precisa para aplicar la norma que previene el delito por el que solicita la sanción del procesado".