Tribunal condenó al Fisco a indemnizar a la familia de un sindicalista ejecutado en 1974

Publicado:
| Periodista Digital: EFE

Manuel Hurtado fue ejecutado en Quillota, en un hecho que terminó con la vida de nueve personas a manos de cinco militares, que fingieron haber disparado como respuesta a un asalto.

El fallo resolvió que las demandantes -cónyuge e hijas de Hurtado- fueron "víctimas de un crimen de lesa humanidad por repercusión".

Tribunal condenó al Fisco a indemnizar a la familia de un sindicalista ejecutado en 1974
 ATON (referencial)

En 2011, la Corte Suprema determinó que los cinco exmilitares habían entregado una versión distinta de los hechos ocurridos para justificar el crimen y les condenó a penas de entre 4 y 5 años.

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El 17° Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos chilenos en concepto de "daño moral" a la familia del dirigente sindical Manuel Hernán Hurtado Martínez, ejecutado por una patrulla militar en Quillota (Región de Valparaíso), en 1974. 

Hurtado fue ejecutado en el caso conocido como "Asalto a patrulla militar", que terminó con la vida de nueve dirigentes socialistas a manos de cinco efectivos del Ejército, que fingieron haber disparado a los militantes como respuesta a un ataque a su patrulla.

El fallo, dictado por la magistrada Rocío Pérez Gamboa del 17° Juzgado Civil de Santiago, resuelve que las demandantes -cónyuge e hijas de Hurtado- fueron "víctimas de un crimen de lesa humanidad por repercusión".

Según la sentencia, la detención y privación de libertad de Hurtado, ocurrida durante la dictadura de Augusto Pinochet, "se enmarca en un protocolo de persecución y represión que se instauró en el país, coetáneo y en las postrimerías del golpe militar, en diversas ciudades y pueblos del país".

"Tales hechos dan cuenta de la comisión de actos ilegales y arbitrarios, que afectan lo más esencial de los seres humanos, como la vida, integridad física, libertad y dignidad y que por su extensión y alcance trascienden al propio individuo, afectando a la humanidad toda, y por tanto se encuadran en el concepto de delito de lesa humanidad", agrega.

"Tratándose en la especie de daño moral, pueden demandar su reparación la víctima inmediata o directa, entendida como la persona en quien recae la lesión jurídica y los que, sin tener esa calidad, también la sufren en razón de que el daño inferido a aquella los hiere en sus propios sentimientos o afectos", indica la resolución.

De esta manera, la jueza rechazó las excepciones de reparación integral y prescripción deducidas por el Fisco y dictó que debía indemnizar a la cónyuge de Hurtado con 50 millones de pesos y a sus hijas con los 50 millones restantes.

Las familiares del dirigente sindical interpusieron una demanda de indemnización de perjuicios en contra del Fisco de Chile el pasado 17 de julio de 2023, aludiendo a la obligación del Estado de Chile de reparar a las víctimas y familiares de las víctimas del delito ocurrido en 1974.

En 2011, la Corte Suprema determinó que los cinco exmilitares habían entregado una versión distinta de los hechos ocurridos para justificar el crimen y les condenó a penas de entre 4 y 5 años, además de indemnizar a cada uno de los grupos familiares de las víctimas con 30 millones de pesos.

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