Tópicos: País | DD.HH.

Justicia condenó a ex carabinero por secuestros calificados en 1973

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Ministro en visita condenó a coronel en retiro de Carabineros por ilícitos perpetrados en Concepción.

Antecedentes de otra indagación fueron utilizados para la resolución.

Justicia condenó a ex carabinero por secuestros calificados en 1973
 Referencial

En el fallo se indica que Arévalo Cid en 1973 "era el jefe del recién creado Servicio de Inteligencia de Carabineros, Sicar".

Llévatelo:

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, condenó a dos penas remitidas de 541 días de presidio al coronel en retiro de Carabineros, Sergio Arévalo Cid, como encubridor de los secuestros calificados de Zenón Sáez Fuentes y Hernán Quilagayza Oxa, ilícitos perpetrados en Concepción, en octubre de 1973.

En base a los antecedentes recabados, en el expediente de los casos se dio cuenta que "a las 11:45 horas del 3 de octubre de 1973, patrullas de militares y Carabineros, se constituyeron en el Hospital de Coronel, en donde detuvieron a un grupo de 25 funcionarios, entre los que se encontraba el conductor de la ambulancia y militante socialista, Zenón Sáez Fuentes, siendo trasladado a la Séptima Comisaría de Carabineros de Coronel".

También se da cuenta de la detención posterior de Hernán Quilagayza, los apremios que soportaron y que "para evadir su responsabilidad" se "informó falsamente a la prensa que dichas personas habían quedado en libertad ese día".

Además, pese a la negativa del inculpado, se constató que "a la fecha de ocurrencia de los hechos, (Arévalo Cid) era el jefe del recién creado Servicio de Inteligencia de Carabineros, Sicar" y en una causa paralela donde se encuentra procesado, reconoce que a la fecha de las detenciones estaba informado de la investigación respecto de la existencia de armas en Lota (en la que se vinculaba a las víctimas).

En la resolución, el ministro Aldana impuso al ex oficial las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dura la condena y al pago de las costas de la causa, rechazando a su vez la acción civil presentada por los familiares de las víctimas.

Se trata de una condena adicional al uniformado en retiro, quien acumula otras sanciones por delitos similares vinculados a delitos contra los derechos humanos.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter