La Corte Suprema ordenó a la empresa Copesa rectificar una noticia falsa publicada en el diario La Tercera tras el golpe de Estado de 1973.
El 2 de octubre de 1973, el matutino informó que Jorge Oyarzún Escobar y Juan Escobar Camus eran "terroristas" que fueron ejecutados tras atacar con disparos una población militar, cuando en realidad ambos fueron víctimas de delitos de lesa humanidad.
En diciembre de 2016, el ministro Hernán Crisosto estableció que los dos hombres fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad, una resolución que fue ratificada por la Corte Suprema el 3 de octubre de 2018.
Ante la falta de respuesta por parte del medio de comunicación para rectificar la información, Paola Oyarzún Escobar, hija y sobrina de las víctimas, presentó un recurso de protección que fue acogido por la Corte de Apelaciones el pasado 12 de abril, fallo que fue ratificado este martes por el máximo tribunal del país.
En su sentencia, la Corte Suprema ordenó que La Tercera publique en sus páginas una rectificación, la cual "deberá practicarse en los mismos términos en que fue realizada la publicación original, habrá de abarcar no menos de la mitad de una de las páginas de la edición en que la misma se concrete y deberá informar acerca de los citados hechos en la forma que quedó establecida en la sentencia".
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