¿Qué implica la declaración del estado de catástrofe?

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

A raíz de los incendios forestales, el Presidente Gabriel Boric anunció esta declaratoria para las regiones de Ñuble y Biobío.

Una vez declarado, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del jefe de la Defensa Nacional que designe el Mandatario.

¿Qué implica la declaración del estado de catástrofe?
 ATON (archivo)

Con la medida se pueden restringir las libertades de locomoción, reunión y el derecho de propiedad.

Llévatelo:

La ministra del Interior, Carolina Tohá, informó este viernes que el Gobierno decidió decretar Estado de Catástrofe en la Región del Biobío, que se suma a lo determinado para el Ñuble.

El Estado Excepcional Constitucional de Catástrofe está regulado en la Constitución y en la Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional y es declarado por el Presidente de la República mediante un decreto supremo firmado por los ministros de Interior y Defensa. 

Esta medida se dispone en caso de calamidad pública -de causas humanas o naturales- dentro de una determinada zona geográfica, de una magnitud tal que generen un grave daño al normal desarrollo de la vida social y la economía, afectando a personas o bienes dentro del territorio nacional.

Los acontecimientos que motivan su declaración pueden ser sismos, inundaciones, sequías, epidemias -como la pandemia del Covid-19- o la provocación de una peste por obra de elementos químicos, biológicos o bacteriológicos, etc.

¿QUÉ OCURRE CUANDO ES DECLARADO?

De acuerdo a la Biblioteca del Congreso Nacional, cuando se declara el estado de catástrofe se pueden restringir las libertades de locomoción, reunión y el derecho de propiedad.

Se designa un jefe de la Defensa Nacional que tiene competencias legales para reponer la normalidad en la zona determinada y, además el Presidente de la República puede delegar en él otras atribuciones para ese mismo fin.

Tras 180 días de su declaración, el Congreso tiene la facultad de dejarla sin efecto, si es que las razones que la motivaron hubieran cesado en forma absoluta. De todas formas, el Presidente puede ordenar el estado por más de un año, en acuerdo con el Legislativo. 

El Congreso sólo puede aceptar o rechazar la proposición, sin hacer modificaciones a la misma.

LOS EFECTOS DEL ESTADO DE CATÁSTROFE

Una vez declarado, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente.

En tanto, el Mandatario también puede, según la Constitución: 

  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión.
  • Disponer requisiciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad.

Por su parte, la Ley Orgánica Constitucional establece que tales facultades pueden ser delegadas total o parcialmente por el Presidente en los jefes de la Defensa Nacional que él designe. Además, le entrega al jefe de la Defensa los siguientes deberes y atribuciones:

  • Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona.
  • Controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella.
  • Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.
  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
  • Impartir instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.

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