El próximo 23 de noviembre finaliza el plazo para solicitar ante la Comisión Ingresa la rebaja de las cuotas de pago del Crédito con Aval del Estado (CAE), de modo que estas no superen el 10 por ciento de la renta bruta promedio de los últimos 12 meses.
La convocatoria para noviembre de 2015 considera a quienes ya están pagando su crédito, ya sea porque han egresado o porque han desertado de sus respectivas carreras; quienes comenzarán a pagar dentro de los próximos meses, hasta febrero de 2016; y quienes ya tengan la rebaja de cuotas y quieran renovar el subsidio.
La nomina de beneficiados en la rebaja se dará a conocer el próximo 7 de noviembre por medio del sitio web de la Comisión Ingresa.
La rebaja tiene una vigencia de seis meses, comprendiendo los pagos entre enero y junio de 2016, periodo que se puede extender todas las veces que sea necesario, renovable a través de una nueva solicitud. La diferencia entre las cuotas íntegras y el pago con rebaja será subsidiada por el Estado y no debe ser devuelta a futuro.
Los postulantes deben completar la Solicitud de Rebaja de Cuotas disponible en el portal de Ingresa; documento donde se deben detallar antecedentes personales, situación laboral y acreditar renta bruta obtenida de los últimos 12 meses. Con este último dato, la Comisión calculará el monto equivalente al 10 por ciento.
Para que la rebaja sea efectiva es requisito estar al día con la deuda del CAE y pagar las cuotas antes de las 14:00 horas del quinto día hábil de cada mes y, en caso de que corresponda a un fin de semana o festivo, al primer día hábil siguiente.
Suspensión del pago
En caso de aquellas personas que se encuentran sin trabajo y que, por tanto, no cuentan con una remuneración que les permita pagar las cuotas, se ha dispuesto la Solicitud de Suspensión de Pago, para solicitar la postergación de dicho pago.
El formulario está disponible en el sitio web de Ingresa de manera permanente y permite a quienes lo soliciten, aplazar el cobro de las cuotas por un periodo de seis meses, el que es prorrogable todas las veces que sea necesario.
Para obtener la suspensión, es necesario acreditar la incapacidad de pago y los ingresos del grupo familiar, enviando la solicitud antes de que la morosidad supere los 45 días.