Comercio cierra este lunes a las 20:00 horas y el martes es feriado irrenunciable

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Autor: Cooperativa.cl

Autoridades recordaron que supermercados y multitiendas están cerrados el primer día del año.

La medida excluye hoteles, restoranes cines y pubs, entre otros.

Comercio cierra este lunes a las 20:00 horas y el martes es feriado irrenunciable
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Tal como ocurrió hace una semana, en vísperas de la Navidad, los trabajadores de los establecimientos comerciales culminarán su jornada laboral este lunes más tardar a las 20:00 horas.

La ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, recordó que "si la gente necesita algo para la cena de fin de año o para mañana que va a ser feriado irrenunciable, que lo compre tipo 16:00 ó 16:30, porque seguramente como a las 18:00 ya va a estar restringido el acceso a centros comerciales y supermercados. A las 20:00 horas debe estar todo cerrado con la luz apagada y los trabajadores camino a sus casas".

La Dirección del Trabajo agregó que "la ley otorga feriado obligatorio e irrenunciable los días 25 de diciembre y 1 de enero de cada año a todos los trabajadores dependientes del comercio, entendiéndose por tales a todos aquellos que se desempeñen en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionan con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen".

Entre éstos se incluyen cajeros y empaquetadores, pero no el personal de bodega, los administrativos y encargados de la seguridad.

"El descanso correspondiente a estos días comenzará a más tardar a las 20:00 horas del día anterior al 25 de diciembre y 1 de enero, independiente del sistema de distribución de jornada al que se encuentren afectos los trabajadores", consigna la ley.

Quiénes no

La misma norma determina que están exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable y, en consecuencia, pueden prestar servicio "aquéllos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados".

"Así también quienes laboran en fuentes de soda y pastelerías, en la medida que los clientes de éstas últimas efectúen el consumo de los alimentos que en ellas se elaboran, en el mismo local".

La norma "tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles y a dependientes de las 'tiendas de conveniencia' asociadas a tal actividad, y sólo en la medida que en ellas se preparen y elaboren alimentos para consumo directo en el propio local".

Por último, se excluyen los "dependientes de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria".

"Mañana solamente van a estar abiertas las bombas de bencina, restoranes, cines, farmacias de urgencia y lo que tiene que ver con espectáculos. Si alguien quiere ir a un pub va a estar abierto, y si alguien, por ejemplo, va viajando, va a encontrar abierta la bomba de bencina y el minimarket puede estar abierto, pero solamente si ahí se elabora y vende comida", dijo esta mañana la ministra Evelyn Matthei.

Ante incumplimientos

Las autoridades concluyeron recordando que los trabajadores dependientes del comercio que sean obligados a trabajar estos días o le hayan notificado que debe hacerlo, pueden ingresar su denuncia en el sitio web de la Dirección del Trabajo.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando concurran a trabajar deben registrar su asistencia, porque es la única forma que tiene el Servicio para constatar el hecho con posterioridad.

Inés Viñuela, directora subrogante del Trabajo, explicó que las empresas que incumplan esta ley arriesga multas desde 5, 10 y hasta 20 UTM, dependiendo de número de trabajadores sorprendidos laborando ilegalmente (201.030 hasta 804.120 pesos).

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