Sernac recordó derechos de asistentes a fiestas de Año Nuevo

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Autor: Cooperativa.cl

Las empresas deben cumplir con todas las condiciones publicitadas: si ofrecen bar abierto toda la noche, presencia de artistas, cierta cantidad de ambientes o estacionamientos.

Sernac recordó derechos de asistentes a fiestas de Año Nuevo
 omgitsmattyvee, unsplash.com (referencial)
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A pocas horas de recibir del Año Nuevo, y considerando que habitualmente muchas personas asisten a fiestas o eventos masivos, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) recordó los derechos de los consumidores y entregó recomendaciones para disfrutar de una celebración en forma segura.

De acuerdo con el organismo, el principal derecho que tienen las personas es que el evento se desarrolle en condiciones seguras, lo que implica que las empresas organizadoras deben contar con todas las autorizaciones correspondientes.

Por ello, el Sernac dijo a los consumidores que, para poder ejercer sus derechos, siempre deben contratar este tipo de servicios en el comercio establecido, adquiriendo entradas con anterioridad y no comprando en la calle, arriesgándose a falsificaciones o sobreprecios.

Las entradas

Las entradas vendidas para eventos masivos no deben superar la capacidad real del recinto, ya que esto permite que se garanticen las condiciones explicitadas por los proveedores, entre ellos, las de seguridad.

La normativa vigente señala que serán sancionados con una multa de hasta 2.250 UTM, los organizadores de espectáculos públicos, incluidos los artísticos y deportivos, que pongan en venta una cantidad de localidades que supere la capacidad del respectivo recinto.

Es fundamental no comprar entradas revendidas, ya que estas no garantizan los derechos de los consumidores ni la seguridad del acceso al evento, exponiendo a los asistentes a posibles fraudes o a la negación del ingreso por no estar las entradas registradas oficialmente.

Desarrollo del evento

Todos los proveedores u organizadores deben cumplir las condiciones informadas o publicitadas, lo que incluye, por ejemplo, a los artistas invitados, horarios, prestaciones disponibles, comida, si ofrecen bar abierto toda la noche, número de escenarios, pistas de baile, acceso a áreas VIP, servicios sanitarios, disponibilidad de estacionamientos, así como cualquier otra experiencia anunciada.

Por todo lo anterior, es recomendable que los consumidores guarden los soportes publicitarios, print de pantalla y la entrada, entre otros, en caso de existir algún incumplimiento de lo prometido.

Los consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por razones raciales, condición social, aspecto físico, género o edad y a que no se les niegue injustificadamente el servicio.

En este sentido, las personas tienen derecho a ser indemnizadas o reparadas por todos los daños que hayan sido causados por algún cambio o incumplimiento de lo ofertado en el evento.

¿Qué pasa si voy en vehículo?

Los consumidores tienen una serie de derechos cuando dejan su vehículo en un estacionamiento, ya sea pagado o gratuito.

La empresa debe tener medidas de vigilancia eficaces y proporcionales al recinto, como cámaras, accesos controlados o personal que vigile los estacionamientos en tiempo real, y debe responder a aquellos consumidores que sufran daños o robos en sus vehículos.

La Ley del Consumidor (LPC) establece que, si la empresa no toma las medidas de seguridad adecuadas y el consumidor sufre algún daño o robo en su vehículo producto de esa negligencia, ésta debe responder.

Respecto a este punto, es fundamental recordar que el alcohol y la conducción no son compatibles. Si vas a ingerir alcohol, planifica tu regreso previamente y asegúrate de que te lleve a casa alguien que no haya bebido.

¿Cómo reclamar?

En caso de tener algún problema al asistir a uno de estos eventos de fin de año, se puede ingresar un reclamo directamente en sernac.cl, llamando gratuitamente al 800 700 100 o presencialmente en las oficinas ubicadas en cada región.

CNC llamó a respetar feriado de Año Nuevo

María Teresa Vial, presidenta de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), hizo un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable de este Año Nuevo, que regirá entre las 20:00 horas de este 31 de diciembre y las 06:00 horas del 2 de enero.

"Para el feriado irrenunciable, los establecimientos comerciales deben permanecer cerrados; sin embargo, hay excepciones legales, como lo son los clubes, los restaurantes, los establecimientos de entretenimiento como cines, discotecas, espectáculos en vivo y los casinos de juego. También, las tiendas de conveniencia asociados a expendio de combustible, las farmacias de urgencia y también las farmacias que se encuentren de turno", dijo la dirigenta.

"Los comercios suelen fijar horarios distintos para los días anteriores a los feriados irrenunciables. En específico, invitamos a todos los consumidores a revisar en los sitios oficiales de esos comercios", añadió Vial. 

¿Qué pasa si empleadores incumplen feriado de Año Nuevo?

Por otro lado, en caso de incumplir el derecho de descanso de los trabajadores, los empleadores arriesgan multas por cada trabajador en funcionamiento que no le corresponda.

"Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, la multa será de 5 UTM por cada trabajador afectado; si tiene entre 50 y 90 trabajadores, la multa será de 10 UTM, y si tiene 200 o más trabajadores, la multa será de 20 UTM", explicó el fiscal de la Cámara Nacional de Comercio, Sebastián Hurtado.

Durante el feriado de Navidad, la entidad realizó 208 fiscalizaciones que se tradujeron en 48 multas, con un total aproximado de 60 millones de pesos. Además, fueron devueltos a sus hogares unos 98 trabajadores: 21 en Región Metropolitana, 17 en O'Higgins, 12 en Tarapacá, 12 en Lo Lagos, 8 en Arica y 7 en Antofagasta.

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