Pensiones adeudadas: Bonos clase media también se pueden retener
El Poder Judicial permite solicitar, por internet, a los tribunales de familia la liquidación del beneficio estatal.
El Poder Judicial permite solicitar, por internet, a los tribunales de familia la liquidación del beneficio estatal.
A través de su Oficina Virtual y con Clave Única, el Poder Judicial también permite un "trámite fácil" para pedir la retención de los bonos para la clase media que entrega el Estado, por la pandemia, en caso de que un beneficiario sea además deudor pensión de alimentos.
"Permite requerir al tribunal que ordene retener hasta el 50% de los beneficios (...) el tribunal además, realizará la liquidación cuando corresponda", explica su web.
La solicitud es independiente a la solicitud de retención sobre el 10% de los fondos previsionales, si quien adeuda la pensión hace uso de este derecho ante su AFP, por lo que se pueden pedir ambas liquidaciones.
Durante estos días, el Congreso tramita una modificación a la ley que permite acceder a parte de los ahorros para la jubilación, para que los Tribunales de Familia puedan obligar el retiro del 10% de los fondos a quienes tengan deudas por la mantención de sus hijos.