El Congreso Nacional despachó este miércoles el proyecto de ley que crea la Defensoría de la Niñez, por lo que Chile contará, por primera vez en la historia, con una entidad autónoma que protegerá y promoverá los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La puesta en marcha de la futura entidad significa que existirá un organismo especializado que estará observando de manera permanente a todas las instituciones públicas o privadas que se dediquen a la promoción y protección de los derechos de los niños y niñas.
Para la secretaria ejecutiva del Consejo Nacional de la Infancia, Estela Ortiz, esta votación "enaltece a Chile y a quienes han concurrido con su voto para su aprobación, es un gesto noble a favor de los niños, niñas y adolescentes. Ellos deben estar siempre al centro de la función pública y lo que vivimos en el Congreso es un paso clave en el nuevo trato que queremos establecer con la niñez".
La Defensoría de la Niñez es un componente clave del Sistema Integral de Garantías de Derechos de la Niñez y la Política Nacional de la Niñez 2015-2025 y será una institución nacional de derechos humanos, autónoma y especializada en niñez cuya función será monitorear la actividad del sistema y de las entidades públicas y privadas relacionadas con la infancia.
¿Cómo funcionará?
Cuando la Defensoría tome conocimiento de una vulneración a niños, niñas y adolescentes, deberá denunciarla y, además, podrá querellarse en delitos específicos que revistan caracteres de gravedad, relevancia o interés social comprometido tales como sustracción de menores, violación, estupro y otros delitos sexuales, homicidio, infanticidio y lesiones corporales.
El organismo también podrá interponer las acciones de protección y amparo, actuar como amicus curiae ante tribunales (coadyuvante o amigo de la Corte) y velar porque los responsables de las políticas públicas tengan en cuenta los derechos de los niños y niñas.
La Defensoría podrá recibir peticiones de los niños y niñas o de sus familias, las que deberá derivar a los tribunales u órganos públicos o privados que correspondan y deberá hacer seguimiento al caso.
También podrá requerir antecedentes o informes a los órganos de la administración del Estado y a las personas jurídicas que se dediquen a la promoción y protección de la infancia y estará facultado para actuar como facilitador entre estas instituciones y los niños, niñas o sus familias para lograr soluciones amistosas y así evitar ir a los tribunales de justicia.
Entre sus funciones la Defensoría deberá difundir los derechos de niños y niñas ante los órganos públicos y la sociedad, facilitando su enseñanza en todos los niveles del sistema educacional y también deberá velar por la participación de niños y niñas, de tal manera que puedan expresar su opinión y ser oídos en los asuntos que les conciernen. Además podrá visitar centros de privación de libertad y emitir informes de las visitas.