El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique dictó veredicto condenatorio en contra de Ghislaine Reyes Gazzo y Luis Arancibia Saldaña, en calidad de autores del delito de asociación ilícita en el contexto del estallido social.
En una decisión unánime, el tribunal dio por acreditado que ambos individuos, desde octubre de 2019 y hasta la fecha de sus detenciones, "se asociaron con la finalidad de cometer diversos delitos contra el orden público, las personas y las propiedades" en la capital regional de Tarapacá.
Los dos formaban parte de un grupo que se hizo llamar "Autoconvocados", que prestó colaboración logística y material al colectivo vandálico "K-POP Primera Línea de Tarapacá", que operó por meses en la "zona cero" de Iquique: Avenida Héroes de la Concepción, entre calles Las Rosas y Tadeo Haenke.
Los "Autoconvocados" proveían "instrumentos para cometer los ilícitos y medios logísticos tales como botellas, combustible, domicilios para fabricar y acopiar bombas molotov, máscaras antigases, resorteras, escudos, fuegos artificiales y dinero que obtenían y también transferían a cuentas RUT para la compra de combustible y otros insumos", detalla el veredicto (ver archivo adjunto).
En concreto, "Ghislaine Reyes efectuó coordinaciones para adquirir bengalas y otros objetos a ser utilizados en los hechos del 27 de abril de 2020 en el sector de la Zona Cero", mientras que "Luis Arancibia, junto a un sujeto identificado como Jorge Burgos, en forma previa al 27 de abril de 2020, acopiaron piedras en sacos y botellas para poner a disposición de la asociación ilícita Kpop, proporcionando todos estos medios para cometer los delitos de lanzamiento de bombas molotov y desórdenes públicos ocurridos ese día, elementos que dejaron en las proximidades del condominio Los Alelíes a fin de ser retirados por los miembros ejecutores de la asociación ilícita", señaló el tribunal.
"Los hechos descritos configuran el delito de asociación ilícita que describe el artículo 292 del Código Penal", pues "el grupo conformado por estos acusados cuenta con un mando, objetivos delictuales y está organizado a efectos de lograr sus propósitos, (...) que se han traducido en la comisión de delitos, en especial desórdenes públicos y fabricación y lanzamiento de bombas molotov contra personal policial".
"Para coordinar sus acciones la organización criminal se relacionaba principalmente vía telefónica mediante diversos grupos de WhatsApp, en los cuales daban cuenta de la logística, la fabricación de las bombas molotov, los roles a cumplir por cada uno de los miembros, el traslado de piedras e insumos para cometer delitos de desórdenes y constituir barricadas, así como recomendaciones para evitar su identificación y detención por parte de las policías", agrega el acta de deliberación.
ABSOLUCIONES
El Tribunal Oral absolvió a Reyes Gazzo y Arancibia Saldaña del delito de interrumpir completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, descrito y sancionado en el artículo 268 septies del Código Penal.
Asimismo, absolvió al acusado Nicolás Miranda Morales de los cargos como autor de los delitos de asociación ilícita, lanzamiento de artefacto incendiario y porte de artefacto incendiario.
Miranda estaba sujeto a prisión preventiva por estos hechos desde junio del año pasado. Previo a ello estuvo cumpliendo una pena de tres años y un día de cárcel por el lanzamiento de un artefacto incendiario, cometido en marzo de año 2020.
También fue absuelto Eric Hans Fuentes (que se encontraba sin medidas cautelares) de la imputación que le atribuía autoría en el delito de asociación ilícita.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el juez Juan Ibacache– quedó agendada para las 12:50 horas del próximo jueves 9 de marzo.
DIECISÉIS CONDENADOS, INCLUIDO EL LÍDER "K-POP", QUE ESTÁ LIBRE
Tras este veredicto, la Unidad de Focos Investigativos de la Fiscalía Regional de Tarapacá recordó que "estas dos condenas se suman a las otras 14 personas condenadas en procedimientos abreviados por distintos delitos en esta misma investigación, que fue liderada por el fiscal de foco Maximiliano Mariángel y llevada adelante por el OS 7 de Carabineros".
Entre los condenados figura el líder de grupo "K-pop Tarapacá", Juan Eduardo Riquelme Rivera, alias "Homer", quien recibió cuatro años de presidio como autor inductor de varios delitos de lanzamiento de bombas molotov; 301 días por el delito de asociación ilícita y 61 días por interrumpir la libre circulación de personas y vehículos en la vía pública; todo con el beneficio de "libertad vigilada intensiva".
Riquelme fue "quien coordinó las acciones realizadas para lograr el cumplimiento del plan delictual, distribuyendo roles, impartiendo instrucciones, obteniendo financiamiento para la comisión de los delitos y facilitando medios materiales y logísticos para la confección de las bombas molotov, instalación de las barricadas, comisión de desórdenes públicos y atentar contra Carabineros".
También se abocó en el estallido a "la obtención de escudos, guantes y otros implementos para facilitar la comisión de los delitos de los miembros de la organización", e incluso se dedicó a "representarlos ante la comunidad y otras organizaciones, para obtener apoyo y financiamiento".
La indagatoria constató que "la asociación ilícita obtuvo la colaboración de personas que, en conocimiento de la existencia de esta organización criminal, recaudaron fondos para la adquisición de escudos, máscaras antigases full face, guantes, como también la compra y entrega de botellas y de bencina para la fabricación de las bombas molotov, facilitando así los medios para la comisión de los delitos ya indicados", detalla el dictamen.