Sin la declaración en estrado del imputado, en el Segundo Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, comenzó este lunes el juicio oral contra Felipe Rojas Lobos, sindicado como el autor de los delitos de violación con homicidio, aborto, inhumación ilegal y hurto de los que fue víctima la joven Fernanda Maciel.
Ello, luego que el sujeto se acogiera a su derecho a guardar silencio.
En la instancia, el Ministerio Público expuso los hechos por los que acusa la participación de Rojas como autor del crimen, registrado el 10 de febrero de 2018 al interior de la bodega donde éste trabajaba, en la comuna de Conchalí.
La Fiscalía pide para el acusado una pena de presidio perpetuo calificado.
LAS ACUSACIONES
Según el relato del Ministerio Público, durante la investigación realizada con Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones se logró establecer que Maciel, que presentaba un embarazo de siete meses, fue invitada al recinto por Rojas, con quien mantenía una relación de amistad.
La acusación sostiene que el imputado, que se encontraba solo, aprovechó la relación de confianza que mantenía con la la joven, la superioridad de sus fuerzas, el estado de gravidez y contextura física de Maciel; se abalanzó violentamente sobre ella por la espalda, aplicando fuerza y evitando que pudiera oponer resistencia, para luego violarla, colocándole un vínculo de género en su cuello, apretándolo, hasta causarle la muerte por estrangulación.
Al darle muerte a la víctima, cuyo embarazo era evidente, causó la muerte del feto de siete meses de gestación, produciéndose el delito de aborto, añade la imputación.
La Fiscalía acusa, además, que una vez que Maciel y su hijo en gestación habían fallecido, el imputado excavó en la parte posterior del inmueble y depositó el cuerpo de la mujer y, consecuencialmente del feto, en el interior del hoyo realizado, con el propósito de impedir su hallazgo. Para ello, según el ente persecutor, depositó el cadáver envuelto en un género, lo cubrió con cal y, posteriormente, lo tapó con cemento y tierra.
Finalmente, el organismo indica que Rojas, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, procedió a apropiarse del celular marca Huawei color blanco, modelo Y6, avaluado en la suma de 50.000 pesos, que posteriormente vendió en el persa de Zapadores el mismo día de los hechos, cometiendo un cuarto delito: hurto simple.
"LA PRUEBA DEBE SER ANALIZADA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO"
La persecutora jefa de la Fiscalía de Delitos de Género, Patricia Varas, afirmó que "este es un caso complejo donde el imputado ejerció violencia de género en contra de la víctima, por lo que la prueba que será rendida en este juicio debe ser analizada con perspectiva de género".
Lo anterior, "tomando en cuenta el contexto en que se producen los hechos, la especial vulnerabilidad de la víctima, la relación asimétrica de poder, especialmente al momento de ocurrencia del hecho, y todas las acciones posteriores que realizó el acusado con el objeto de evitar de que fuera descubierto el cuerpo de la víctima", añadió la fiscal, a cargo del caso junto al persecutor Ulises Berríos.
EXPOSICIÓN DE LA DEFENSA
Luego del relato de la fiscal y de los querellantes, fue el turno de la abogada de Rojas, Jacqueline Stubing, quien abordó la decisión de su representado de acogerse a su derecho a guardar silencio en la audiencia.
"Si existe una vulneración de garantías, afecta, entonces, el debido proceso legalmente tramitado y vulnera con esto garantías que el sistema resguarda. Subsidiariamente, la colaboración efectiva no reconocida por la parte acusadora solo hará, entonces, merma sobre lo que a continuación sucederá en el juicio", indicó la defensora.
Rojas se mantiene privado de libertad desde el 24 de junio de 2019, cuando fue detenido por funcionarios del SEBV de Carabineros, luego de 16 meses de la desaparición de Fernanda Maciel.
El imputado fue formalizado el 27 de junio de 2019, fecha desde la que se encuentra en prisión preventiva.
El juicio durará 30 días y asistirán 58 testigos y 41 peritos.
Los alegatos no serán transmitidos por el Poder Judicial ni podrán ser grabados a raíz de la naturaleza de los delitos.